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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de los Estados Unidos publicó recientemente en su sitio web oficial un comunicado recordando a quienes deban abonar impuestos estimados que el pago correspondiente al segundo trimestre de este año vence el próximo lunes 16 de junio.

"Pagar a tiempo ayuda a los contribuyentes a evitar atrasarse en el pago de sus impuestos y posibles multas por pago insuficiente", señala el organismo recaudador.

Hasta el 16 de junio hay tiempo de realizar la segunda instancia de pagos estimados en 2025. Fuente: archivo.
Hasta el 16 de junio hay tiempo de realizar la segunda instancia de pagos estimados en 2025. Fuente: archivo.

Quiénes deben hacer este trámite del IRS

El trámite está dirigido para todos los contribuyentes que reciben ingresos que no están sujetos a retención, es decir, ingresos de trabajo por cuenta propia, intereses, trabajos por encargo, dividendos, ganancias de capital, alquiler o ganancias 1099.

En este grupo se incluyen ciertos jubilados -aquellos que realicen alguna de las tareas antes mencionadas o tengan tales ganancias-, empresas, inversores, corporaciones y autónomos.

Cómo puede hacerse este trámite del IRS

Para pagar cuanto antes y evitar demoras la agencia federal señala que puede utilizarse la opción de "Pago directo" de la cuenta en línea del IRS, utilizando una cuenta corriente o de ahorros, una billetera digital o tarjeta, tanto de débito como de crédito.

Otras opciones son utilizar el Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales (EFTPS), enviar un cheque o giro postal pagadero al Tesoro de los Estados Unidos y adjuntar el Formulario 1040-ES. El pago también puede saldarse por la aplicación IRS2Go.

IRS podrá multar a quienes no paguen la cantidad correcta en el plazo predeterminado. Fuente: archivo.
IRS podrá multar a quienes no paguen la cantidad correcta en el plazo predeterminado. Fuente: archivo.

La multa que aplica IRS por no realizar este trámite a tiempo

"Calculamos la cantidad de la multa a personas físicas por pago insuficiente del impuesto estimado en función del impuesto que figura en su declaración original o en una declaración más reciente que haya presentado el día de la fecha límite o antes", explica el IRS al referirse a esta multa aplicada a individuos.

En caso de adeudar un pago y de que se aplique esta penalización -calculada en función de su pago insuficiente, el período en el que se venció y la tasa trimestral de intereses-, el contribuyente será notificado del monto a través de un aviso oficial.

"Si bien la multa por el pago insuficiente del impuesto estimado no se puede eximir si existe una causa razonable, la multa puede eliminarse o reducirse si el pago insuficiente es el resultado de un hecho fortuito, un desastre local u otra circunstancia inusual en la que no sería justo imponer la multa", detalla el organismo.