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El plazo para presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está corriendo y existe un documento poco conocido que podría significar un importante ahorro para millones de mexicanos.

Si eres usuario de una Administradora de Fondos para el Retiro(Afore) en Banamex o Banco Azteca, necesitas conocer este trámite antes del 30 de abril para aprovechar los beneficios fiscales de tus aportaciones voluntarias.

No dejes pasar esta oportunidad: descubre cómo ahorrar en tu declaración anual con tu Afore. Fuente: Shutterstock.
No dejes pasar esta oportunidad: descubre cómo ahorrar en tu declaración anual con tu Afore. Fuente: Shutterstock.

El trámite que pocos conocen, pero todos deberían aprovechar

Si eres cliente de una Afore en Banamex, Banco Azteca o Profuturo, debes solicitar antes del 30 de abril la Constancia de Retención de Impuestos por Aportaciones Voluntarias.

Este documento oficial, emitido por tu Afore, permite que tus ahorros voluntarios sean deducibles de impuestos bajo ciertas condiciones.

¿Qué tipos de ahorro son deducibles?

No todas las aportaciones voluntarias califican para beneficios fiscales. Debes conocer las modalidades específicas que sí aplican:

  1. Aportaciones de largo plazo. Deducibles en la declaración anual siempre que permanezcan invertidas un mínimo de 5 años.

  2. Complementarias de retiro. También requieren permanencia de 5 años y deben mantenerse hasta los 65 años para obtener el beneficio fiscal de exención en el momento del retiro.

  3. Perspectiva de inversión a largo plazo. Estas aportaciones complementan tu cuenta individual y pueden deducirse de tu ingreso acumulable en la declaración fiscal, siempre que permanezcan invertidas hasta los 65 años.

No dejes pasar esta oportunidad: ahorra en impuestos con tus aportaciones voluntarias. Fuente: Shutterstock.
No dejes pasar esta oportunidad: ahorra en impuestos con tus aportaciones voluntarias. Fuente: Shutterstock.

¿Cuánto puedes deducir?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece límites claros:

  • Hasta el 10% de tu ingreso acumulable
  • El máximo no puede superar el 15% de todas tus deducciones personales combinadas (incluyendo conceptos como donaciones o gastos médicos)

Un detalle importante: este beneficio fiscal no aplica si retiras tus Aportaciones Voluntarias antes de los 5 años establecidos.