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Los jubilados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se rigen bajo el esquema de la Ley de 1973 tienen a su disposición ciertos beneficios asistenciales diseñados para complementar y aumentar el monto de su pensión mensual.

Existen dos mecanismos principales a través de los cuales los pensionados pueden obtener un incremento económico:por asignaciones familiares, o por ayuda asistencial, el cual equivale a un aumento de hasta el 15%.

Se debe tener en cuenta que estos dos beneficios son excluyentes; el primero compensa la existencia de dependientes, mientras que el segundo beneficia a quienes no los tienen.

Quiénes podrán incrementar su pensión hasta 15% este mes

En el caso de las asignaciones familiares, este complemento se otorga a aquellos pensionados que demuestren tener dependientes económicos reconocidos por la ley. Funciona como un porcentaje adicional que se aplica a la pensión base por cada beneficiario, que puede ser el cónyuge, hijos o ascendientes. Esencialmente, esta prestación busca reconocer y mitigar la carga financiera que implica sostener una familia.

Confirman aumento del 15% para jubilados del IMSS. Fuente: archivo
Confirman aumento del 15% para jubilados del IMSS. Fuente: archivo

Mientras que la ayuda asistencial está específicamente dirigido a los pensionados que no cuentan con beneficiarios a su cargo, como esposa, concubina, hijos ni padres dependientes. Cuando se comprueba la ausencia de estas cargas familiares, el IMSS puede aplicar un incremento directo de hasta el 15% sobre la pensión. Es fundamental entender que este subsidio se ofrece como respaldo para quienes no cumplen con los criterios para recibir las asignaciones familiares.

Cómo acceder a un aumento del 15% de la pensión del IMSS

Para acceder a cualquiera de estos aumentos, el pensionado debe formalizar la solicitud ante el IMSS. Este trámite puede llevarse a cabo de dos maneras: acudiendo a la Subdelegación correspondiente o utilizando los servicios digitales que ofrece el Instituto. La documentación general incluye la identificación oficial del jubilado; en el caso de las asignaciones familiares, se requiere presentar:

  • las Actas de Nacimiento
  • CURP de los beneficiarios
  • Acta de Matrimonio o pruebas de dependencia económica (si aplica).

Para la ayuda asistencial del 15%, se deberá presentar una declaración jurada junto con la documentación que certifique la inexistencia de beneficiarios.

Una vez recibida la documentación, el IMSS procederá a la validación. Si la solicitud es aprobada, el reajuste y el monto adicional se verán reflejados en los pagos posteriores, siguiendo los cronogramas internos del Instituto.

No existe un aumento automático ni generalizado para todos los pensionados en el mes de noviembre. Solo aquellos que hayan solicitado y obtenido la aprobación de estos apoyos -ya sea por cargas familiares o por el incremento del 15% por ausencia de beneficiarios- verán reflejado el ajuste en el pago de su pensión, según las reglas y plazos de la Ley 73.