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El popular régimen de pensión de la Ley 73 del IMSS está en su recta final, su tiempo agoniza y ya solo queda que el tiempo haga su parte. Este esquema, muy apreciado por los trabajadores, fue exclusivo para quienes cotizaron antes de julio de 1997, en sí, no fue eliminado, sino que dejará de existir de forma natural.

Para que te hagas una idea mucho más clara, el final de la Ley 73 del IMSS es un "crónica de una muerte anunciada" ¿por qué?, bueno, en la próxima década ya nadie será elegible para unirse a ella. Para el año 2035, la mayoría de sus beneficiarios ya se habrán jubilado, completando su extinción paulatina, según diversos analistas y expertos en jubilaciones del IMSS.

Beneficios del IMSS con Ley 73. Fuente: archivo.
Beneficios del IMSS con Ley 73. Fuente: archivo.

Esto obliga a las nuevas generaciones de trabajadores a depender únicamente del régimen de la Ley 97, que opera bajo un sistema de cuentas individuales. Este cambio genera gran incertidumbre.

La Ley 97 requiere más semanas cotizadas y la pensión depende del ahorro en la Afore, contrastando con la Ley 73, donde el Gobierno garantiza el pago.

¿Soy Ley 73 o Ley 97 del IMSS? ¿Cómo saberlo?

Tu régimen depende de cuándo te inscribiste al IMSS por primera vez. Si tu primera cotización fue antes del 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley 73. Si fue después de esa fecha, eres Ley 97.

Conocer esta fecha es crucial, ya que si cumples con el requisito de antigüedad, la Ley 73 te permite acceder a una pensión con solo 500 semanas y un cálculo más favorable.

IMSS. Fuente: archivo.
IMSS. Fuente: archivo.

¿Qué pasa si cumplo Ley 73, pero quiero la 97?

Los trabajadores elegibles para la Ley 73 tienen un derecho de elección al momento de tramitar su pensión. Puedes decidir pensionarte bajo el esquema de la Ley 97 si te resulta más conveniente.

Esta elección es irreversible. Si eliges la Ley 97, tu pensión se calculará con base en tu saldo acumulado en la Afore, y no con el promedio salarial de tus últimas 250 semanas cotizadas.

Pasa lo contrario con los trabajadores bajo el régimen pensional de la Ley 97, ellos no pueden cambiarse a la Ley 73 del IMSS y deberán sí o sí, hacerlo bajo los aportes a sus cuentas Afores.

Lo cierto es que, aunque se estima que para el 2035 ya todos los trabajadores que iniciaron su cotización pensional en la Ley 73 del IMSS ya deberían estar jubilados, el régimen se mantendrá activo para ellos hasta que el último pensionado por este esquema fallezca, ahí será el final indiscutible de la Ley 73 del IMSS.