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Un anuncio del Servicio de Administración Tributaria (SAT) generó expectativa entre miles de contribuyentes. La medida, confirmada recientemente, abre la puerta a un alivio económico relevante para quienes arrastran adeudos fiscales con multas, recargos y gastos acumulados. El beneficio no es automático, pero sí amplio.
El programa no está dirigido a un grupo reducido. Incluye tanto a personas físicas como morales y tiene como una de sus metas lograr que los contribuyentes puedan regularizar su situación fiscal sin afrontar cargas excesivas. Sin embargo, el acceso depende de cumplir condiciones específicas y respetar plazos establecidos.

Aunque la noticia habla de un descuento total en ciertos casos, el alcance real depende del tipo de adeudo y de la situación fiscal del contribuyente. Los detalles están definidos en la Ley de Ingresos y en el esquema del SAT, donde se detallan los requisitos y limitaciones del beneficio.
SAT permitirá descontar multas, recargos y gastos de ejecución hasta el 100%
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene vigente el Programa de Regularización Fiscal 2026, dirigido a contribuyentes con ingresos de hasta 300 millones de pesos en el último ejercicio fiscal, que buscan reducir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
El beneficio está contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 y aplica a adeudos fiscales, aduaneros y de comercio exterior correspondientes al ejercicio 2024 o anteriores.
Al mismo tiempo, incluye contribuciones propias, retenidas o trasladadas, así como cuotas compensatorias, siempre que se cumpla con la normativa vigente.
En casos donde el crédito fiscal esté integrado solo por multas, la reducción puede alcanzar hasta el 90%. El objetivo es facilitar la regularización fiscal y aliviar la carga económica de contribuyentes que buscan ponerse al día con el SAT.

Cancelación de multas del SAT: quiénes pueden acceder al beneficio y cómo aplicar a la regularización fiscal
El programa esboza distintos escenarios para acceder al estímulo fiscal. Contribuyentes con contribuciones omitidas pueden obtener la cancelación de recargos si presentan sus declaraciones y pagan en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2026.
En esta misma línea, se otorga la posibilidad de que accedan a este beneficio quienes quienes estén bajo facultades de comprobación. Eso sí, siempre y cuando se autocorrijan y paguen antes de una resolución definitiva.
Además, contribuyentes con créditos fiscales firmes podrán solicitar el beneficio hasta el 31 de octubre de 2026, incluso con opción de pago en hasta seis parcialidades.
El SAT establece que el programa aplica para personas que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Con contribuciones a su cargo no determinadas por la autoridad fiscal o cuotas compensatorias omitidas
- Sujetos a facultades de comprobación
- Con créditos fiscales firmes determinados por el SAT o la ANAM
Por el contrario, existe una lista de personas que no podrán acceder a esta ventaja del SAT. Quedan excluidos quienes hayan recibido condonaciones previas, tengan sentencias firmes por delitos fiscales o aparezcan en los listados de los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF. Con esta medida, el Gobierno busca impulsar la regularización fiscal y permitir que muchos contribuyentes se liberen de multas y recargos acumulados.


