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La Secretaría de Coordinación de Producción publicó la resolución 94/2026, mediante la cual modificó las normas generales que regulan el funcionamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), consolidadas en los últimos años como uno de los principales vehículos de acceso al crédito para pequeñas y medianas empresas.
Según explicó el organismo, la reforma persigue tres objetivos centrales: adecuar el régimen de las SGR a las normas de política crediticia vigentes del Banco Central, incorporar herramientas tecnológicas para agilizar procedimientos y ampliar las posibilidades de acceso al financiamiento para las pequeñas y medianas empresas.
Entre las modificaciones introducidas, una de las más relevantes está vinculada con los avales otorgados sobre operaciones en moneda extranjera y la incorporación de tecnología blockchain en los procesos de contratación electrónica.
¿Qué son las SGR y cómo operan?
Las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) son entidades que actúan como garantes frente a bancos y otros acreedores. Cuando una empresa necesita financiamiento, pero no cuenta con las garantías suficientes para obtenerlo por sus propios medios, una SGR puede respaldar la operación, facilitando el acceso al crédito.
Hasta ahora, los avales para operaciones en dólares estaban reservados principalmente a empresas con capacidad de pago demostrable en esa moneda, una condición que limitaba el acceso de gran parte de las pymes que se gestionaban en pesos.
Cómo cambia el acceso de las pymes al financiamiento en dólares
La actualización normativa llega en un contexto en el que el crédito en dólares vuelve a ganar espacio como alternativa de financiamiento para empresas vinculadas al comercio exterior, la producción industrial y otros sectores con capacidad de generar divisas.
En ese esquema, las SGR cumplen un papel clave ya que, a través de sus avales, permiten que las pymes accedan a préstamos bancarios y herramientas del mercado de capitales en mejores condiciones financieras que las que podrían obtener por cuenta propia.
La resolución incorpora al régimen de garantías los criterios de política crediticia que actualmente aplica el Banco Central para las operaciones en moneda extranjera.
De esta manera, las SGR deberán evaluar la capacidad de pago de las empresas en la misma moneda en la que se solicita el financiamiento, considerando los ingresos futuros asociados a la actividad y la exposición al riesgo cambiario.
El objetivo es que las garantías emitidas para operaciones en dólares mantengan parámetros consistentes con los que rigen para el sistema financiero, fortaleciendo la evaluación de riesgo sin limitar el acceso al crédito.
¿Qué deberán analizar las SGR antes de otorgar un aval?
La norma establece que las entidades deberán verificar que exista una relación razonable entre la capacidad de generación de ingresos en moneda extranjera y las obligaciones asumidas por la empresa.
Además, deberán contemplar distintos escenarios de evolución del tipo de cambio para determinar cómo podrían impactar sobre la capacidad de repago de cada operación.
Para el Gobierno, estos criterios permiten compatibilizar el crecimiento del financiamiento en dólares con mecanismos de evaluación que contribuyan a preservar la solvencia de las empresas y la calidad de las garantías otorgadas.
Menos trámites y más agilidad en la gestión de garantías
La resolución también incorpora cambios destinados a modernizar el funcionamiento de las SGR y reducir la carga administrativa de las operaciones.
Entre las medidas, se encuentra la instrumentación de contratos de garantía mediante documentos electrónicos y el uso de herramientas digitales para la validación y gestión de la documentación.
El objetivo es agilizar la emisión de avales, reducir tiempos operativos y facilitar la gestión remota de los trámites.
Blockchain y contratos digitales
Otro de los aspectos incorporados por la reforma es la utilización de infraestructura asociada a tecnología blockchain en los procesos de contratación electrónica.
La medida apunta a reforzar la trazabilidad, integridad y conservación de la información vinculada a los contratos de garantía, aunque la normativa no establece una plataforma específica ni obliga al uso de redes o proveedores determinados.
La responsabilidad sobre la infraestructura tecnológica y los mecanismos de validación de identidad seguirá recayendo en cada SGR.



