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El caso de las mascarillas entra en una fase decisiva con un nuevo choque jurídico en el Tribunal Supremo. Las defensas del exministro José Luis Ábalos y de su exasesor Koldo García han dado un paso más para tratar de frenar el procedimiento penal que se sigue contra ambos por presuntas irregularidades en la compra de material sanitario durante la pandemia.

Desde el inicio de la vista preliminar, el debate se ha centrado en una cuestión clave. Determinar si el Tribunal Supremo sigue siendo competente para juzgar la causa ahora que Ábalos ha perdido su condición de aforado tras dejar el Congreso, o si el procedimiento debe trasladarse a la Audiencia Nacional. De forma subsidiaria, las defensas reclaman que se consulte al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), lo que implicaría la suspensión inmediata del juicio.

Las defensas solicitan que el juicio se traslade a la Audiencia Nacional tras la pérdida del aforamiento de Ábalos.
Las defensas solicitan que el juicio se traslade a la Audiencia Nacional tras la pérdida del aforamiento de Ábalos.

Qué piden las defensas y por qué buscan frenar el juicio

La estrategia procesal de Ábalos y Koldo se apoya en un argumento común. Ambos sostienen que mantener el juicio en el Supremo vulnera el derecho al juez predeterminado por la ley. La abogada de Koldo, Leticia de la Hoz, ha explicado que el único criterio que sostiene la competencia del alto tribunal es un acuerdo interno de diciembre de 2014, que fija la competencia en el momento de la apertura del juicio oral, incluso si el aforamiento desaparece después.

Según la letrada, ese acuerdo “no tiene rango de ley” y su aplicación en este caso sería “arbitraria”. Por ello, ha defendido que el Supremo debe remitir la causa a la Audiencia Nacional o, al menos, plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE para aclarar si ese criterio es compatible con el derecho europeo .

Las defensas insisten en que no buscan dilatar el proceso. “No se trata de dilatar el procedimiento todo lo que se pueda, sino que es una cuestión de orden público”, ha señalado De la Hoz, que además ha advertido de una posible indefensión al existir procedimientos relacionados en tribunales distintos. En caso de rechazo, han anunciado recursos ante el Tribunal Constitucional, la Comisión Europea e incluso la posibilidad de abrir un procedimiento sancionador contra España.

La respuesta de la Fiscalía y el peso del auto de juicio oral

La Fiscalía Anticorrupción ha respondido con contundencia. El fiscal jefe, Alejandro Luzón, ha calificado de “descabellado” el intento de trasladar la causa a la Audiencia Nacional cuando el Supremo ya ha dictado el auto de apertura de juicio oral, que es el momento procesal que, según la Fiscalía, fija de forma definitiva la competencia del tribunal.

Luzón ha defendido que el acuerdo de 2014 del Supremo “da lugar a jurisprudencia” y aporta seguridad jurídica, precisamente para evitar que los acusados puedan elegir el órgano que les juzga una vez conocen las pruebas, los escritos de acusación y las penas solicitadas. A su juicio, permitir ese cambio supondría dejar la competencia “a una decisión libérrima del acusado”, algo incompatible con el sistema penal .

El fiscal también ha recordado que Koldo García pudo solicitar en fases anteriores salir del procedimiento del Supremo y no lo hizo. Por el contrario, ha señalado que fue él quien promovió que la causa que se seguía en la Audiencia Nacional se acumulara en el alto tribunal, un movimiento que ahora se vuelve contra su estrategia actual.

Qué efectos tendría enviar la causa a la Audiencia Nacional

Uno de los puntos más sensibles del debate es el efecto práctico de un eventual cambio de tribunal. La Fiscalía ha advertido de que, si la causa se remite a la Audiencia Nacional, el procedimiento debería volver a la fase de instrucción, con la práctica de nuevas diligencias y un retraso significativo del juicio.

Ese escenario, según Luzón, “rompería la certeza del procedimiento y generaría dilaciones indebidas”, además de alterar el calendario de una causa que ya está lista para ser enjuiciada. También ha subrayado que el magistrado instructor, Leopoldo Puente, ha sido “extraordinariamente restrictivo” al delimitar quiénes debían sentarse en el banquillo, limitando el proceso a Ábalos y Koldo por considerar que su actuación es “inescindible”.

La posible consulta al TJUE podría suspender el procedimiento mientras se resuelve la competencia del órgano judicial.
La posible consulta al TJUE podría suspender el procedimiento mientras se resuelve la competencia del órgano judicial.Fuente: ShutterstockShutterstock

Durante la vista, tanto el exministro como su exasesor han seguido las intervenciones con gestos visibles de disconformidad. Sentados uno junto al otro y escoltados por agentes, han reaccionado con negaciones y alguna sonrisa irónica mientras la Fiscalía y la acusación popular rechazaban sus planteamientos procesales.

La decisión que adopte el Supremo marcará el rumbo inmediato del caso. Si acepta alguna de las peticiones de las defensas, el procedimiento quedaría en suspenso durante meses. Si las rechaza, el juicio seguirá adelante en el alto tribunal, consolidando el criterio de que la competencia se fija en el momento de la apertura del juicio oral, incluso aunque el aforamiento desaparezca después.