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Las comunidades de vecinos en España ya no pueden bloquear determinadas obras de accesibilidad cuando en el edificio vive una persona mayor de 70 años o con discapacidad.

La actual Ley de Propiedad Horizontal establece que, en estos casos, la instalación de ascensores, rampas o plataformas elevadoras pasa a ser obligatoria y no necesita aprobación previa en junta.

La medida busca garantizar que las personas con movilidad reducida puedan acceder a sus viviendas de forma segura y autónoma. Durante años, muchas reformas quedaron paralizadas por la negativa de parte de los propietarios, pero la normativa vigente eliminó ese obstáculo cuando se trata de accesibilidad básica dentro de los edificios residenciales.

La base legal se encuentra en el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que obliga a las comunidades a ejecutar las obras necesarias para asegurar la accesibilidad universal si las solicita una persona mayor de 70 años o con discapacidad.

Esto incluye la colocación de ascensores, salvaescaleras o cualquier otro mecanismo que facilite el acceso a las zonas comunes.

La ley también fija un límite económico para la comunidad. El coste de las obras deberá asumirse siempre que la derrama individual no supere el equivalente a doce mensualidades ordinarias de gastos comunes, una vez descontadas las ayudas públicas disponibles. Si el presupuesto supera ese umbral, la diferencia podrá ser abonada por quien solicita la obra.

¿Qué ocurre si los vecinos se oponen a instalar el ascensor?

La normativa deja claro que la comunidad no puede impedir este tipo de actuaciones cuando se cumplen las condiciones previstas por la ley. Aunque algunos propietarios voten en contra, la obra puede seguir adelante porque el derecho a la accesibilidad prevalece sobre la decisión de la mayoría.

¿Qué ocurre si los vecinos se oponen a instalar el ascensor? Fuente: Shutterstock.
¿Qué ocurre si los vecinos se oponen a instalar el ascensor? Fuente: Shutterstock.

En la práctica, la junta de propietarios únicamente puede debatir aspectos relacionados con la ejecución de la reforma, como el presupuesto, la financiación o la empresa encargada de realizar los trabajos. Lo que ya no puede decidir es si la obra se hace o no.

El objetivo de esta protección legal es evitar situaciones en las que personas mayores queden aisladas en sus propias viviendas por no poder subir escaleras o acceder correctamente al edificio. La legislación considera que la accesibilidad forma parte de las condiciones mínimas para garantizar una vida digna dentro del hogar.

¿Qué obras incluye la obligación de accesibilidad?

La obligación no se limita únicamente a la instalación de ascensores. La ley también contempla otras reformas destinadas a eliminar barreras arquitectónicas dentro del edificio y facilitar el desplazamiento de personas con movilidad reducida.

¿Qué obras incluye la obligación de accesibilidad?
¿Qué obras incluye la obligación de accesibilidad?Fuente: ShutterstockShutterstock

Entre las actuaciones incluidas aparecen la eliminación de escalones en portales, la construcción de rampas de acceso, la colocación de plataformas elevadoras y la adaptación de espacios comunes para garantizar un tránsito seguro y autónomo.

Además, las ayudas públicas destinadas a mejorar la accesibilidad pueden reducir de forma considerable el coste final que afrontan los vecinos. Por ese motivo, muchas comunidades optan por solicitar subvenciones antes de iniciar las obras y así minimizar el impacto económico de la reforma.