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El debate sobre los derechos de los inquilinos y propietarios en España ha recobrado relevancia tras la confirmación de un aspecto fundamental en la legislación actual: el casero no podrá recuperar la vivienda arrendada si no lo ha especificado claramente en el contrato.

Este aspecto, respaldado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y por lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal, tiene como objetivo salvaguardar la seguridad jurídica de quienes residen en alquiler y prevenir conflictos relacionados con la recuperación de la vivienda.

Adicionalmente, la normativa establece de manera precisa los derechos de privacidad del inquilino, lo que prohíbe al propietario acceder a la vivienda sin consentimiento expreso. En caso de incumplimiento, se prevén responsabilidades legales y sanciones que refuerzan la protección del arrendatario.

Ley de Propiedad Horizontal: cómo recuperar tu vivienda

La normativa es clara: el casero no podrá exigir la devolución del inmueble si en el contrato no se ha previsto expresamente esta posibilidad.

Palo a propietarios: obligación de incluir cláusula para recuperar vivienda alquilada (foto: archivo).
Palo a propietarios: obligación de incluir cláusula para recuperar vivienda alquilada (foto: archivo).

En este sentido, el Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que: "El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario."

"Son obligaciones de cada propietario: (..) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos." detalla en el BOE la Ley de Propiedad Horizontal art. 9.

Aunque hacen referencia principalmente a los derechos y limitaciones de los propietarios dentro de una comunidad, sientan las bases de lo que legalmente se entiende por respeto a la propiedad y a los derechos individuales, trasladado también al ámbito del alquiler mediante la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Derechos de privacidad del inquilino: aspectos clave a considerar

La ley otorga una protección especial a la intimidad del arrendatario. El propietario no tiene derecho a acceder a la vivienda sin la debida autorización, incluso si se trata de su propiedad.

Palo a propietarios: obligación de incluir cláusula para recuperar vivienda alquilada (foto: archivo).
Palo a propietarios: obligación de incluir cláusula para recuperar vivienda alquilada (foto: archivo).

El Tribunal Supremo ha reafirmado en múltiples ocasiones que el domicilio arrendado cuenta con la misma protección constitucional que cualquier vivienda habitual.

El inquilino tiene el derecho de disfrutar de la vivienda con total tranquilidad durante la vigencia del contrato. Cualquier intento del propietario de ingresar sin el consentimiento del arrendatario se considera una infracción de la privacidad y puede acarrear consecuencias legales severas.

A través de estas medidas, el Gobierno busca proporcionar una mayor estabilidad al mercado del alquiler, garantizando un entorno más transparente, donde las condiciones estén claramente definidas desde el inicio y donde la privacidad de los arrendatarios esté completamente salvaguardada.

Cómo actuar si el propietario quiere recuperar la vivienda

Si un propietario intenta recuperar la vivienda sin que esa cláusula esté incluida en el contrato, el inquilino tiene la opción de recurrir a la vía judicial para hacer valer sus derechos. Además, los especialistas en derecho inmobiliario aconsejan siempre:

  • Revisar minuciosamente el contrato de arrendamiento antes de firmarlo.
  • Solicitar que cualquier condición relacionada con la recuperación de la vivienda esté documentada por escrito.
  • Reportar cualquier intento de acceso no autorizado a las autoridades competentes.