

Las empleadas del hogar han adquirido derechos significativos con la reciente publicación de una normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que establece la protección de la seguridad y la salud en el contexto del servicio del hogar familiar.
El Real Decreto 893/2024, impulsado por el Ministerio de Trabajo bajo la dirección de Yolanda Díaz, cumple con lo estipulado en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, el cual fue ratificado por España y demandaba una normativa específica para la prevención de riesgos laborales aplicable a estas trabajadoras.

Los derechos actualizados de las trabajadoras del hogar
Con la reciente normativa, se amplían los derechos laborales del colectivo que ha sido históricamente discriminado, el cual está compuesto en más de un 90% por mujeres.
Entre los nuevos derechos que se establecen, se incluyen:
- El acceso a reconocimientos médicos gratuitos.
- La obligación de que los empleadores realicen una evaluación de riesgos laborales.
- Interrumpir de inmediato su actividad laboral y abandonar el domicilio si se encuentran expuestas a un “riesgo grave e inminente”.
Funcionamiento de este derecho
En el artículo 6 del decreto se establece que el empleador tiene la obligación de “informar lo antes posible” a la trabajadora cuando “estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo”. Asimismo, la norma especifica que “en caso de peligro grave, inminente e inevitable”, las trabajadoras tendrán la facultad de “interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio”.
Empleadas del hogar: acceso a la prestación por desempleo
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha comunicado el martes que actualmente son “13.000 mujeres” en España las que cuentan con la prestación pública por desempleo reconocida. Esto lo expresó al responder a la senadora de EH Bildu Idurre Bideguren, quien denunció ante la Cámara Alta que las empleadas del hogar “deben recurrir a los tribunales para que se les reconozca su derecho a percibir la prestación por desempleo por todo el tiempo trabajado”.

No obstante, Díaz ha indicado que son “exactamente siete” las sentencias emitidas sobre este asunto, algunas provenientes del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi y otras de Galicia y Madrid. Para Díaz, “es una cuestión de interpretación de la norma”.
Así lo ha manifestado en respuesta a una pregunta de la senadora sobre si el Gobierno está considerando adoptar alguna medida que impida que las empleadas del hogar deban recurrir a los tribunales para que se les reconozca su derecho a cobrar la prestación por desempleo por todo el tiempo trabajado.


