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El aumento en el precio de la vivienda, junto con la presión de los alquileres y la disminución en algunas pensiones, ha hecho más difícil la vida cotidiana de miles de personas mayores jubiladas.

Cada año, los españoles que dependen de una pensión no contributiva se ven afectados por el encarecimiento general de los precios y, especialmente, por los mayores costes asociados a la vivienda. Frente a esta situación complicada, varias comunidades autónomas están comenzando a poner en marcha iniciativas para mitigar las consecuencias de la escasez de recursos económicos.

Dado que numerosos pensionistas se encuentran en situación de vulnerabilidad, las administraciones han habilitado una asistencia económica de 525 euros anuales. Esta ayuda extra está dirigida a las personas que perciben una pensión no contributiva por jubilación o por invalidez, que residen en régimen de alquiler y que reúnen determinados requisitos establecidos.

Su objetivo principal es aliviar la carga que representan los gastos de vivienda en un escenario marcado por la alta inflación y el continuo incremento de los precios de los alquileres.

¿Quiénes cobrarán el plus de 525 euros para pensionistas?

El complemento fue anunciado por la administración autonómica del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), en el marco de un plan para apoyar a pensionistas vulnerables. Va dirigido exclusivamente a quienes perciben una pensión no contributiva, ya sea por jubilación o por invalidez, y viven en una casa alquilada.

La ayuda económica equivale a casi 44 euros al mes. Fuente: Archivo
La ayuda económica equivale a casi 44 euros al mes. Fuente: Archivo

La ayuda de 525 euros al año, que equivale a 43,75 euros al mes, puede ser pagada en un solo pago anual o fraccionado, según lo que determine la normativa final. En particular, el organismo del Ministerio de Derechos Sociales verificará los contratos de alquiler, residencia común y cumplimiento de los requisitos antes de autorizar el pago.

Además de los requisitos básicos, para poder acceder a esta ayuda los jubilados deberán cumplir también con las siguientes condiciones:

  • No podrán beneficiarse quienes perciban pensiones contributivas.
  • No deben ser propietarios de ninguna vivienda.
  • Deben residir en una vivienda alquilada con un contrato de arrendamiento a su nombre, que constituya su domicilio habitual.
  • El arrendador no puede tener ningún vínculo familiar ni de pareja con el solicitante (hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, ni unión de hecho o relación estable equivalente).
  • El contrato de alquiler debe tener una duración mínima de un año.
  • El solicitante debe haber residido en esa vivienda al menos durante los 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • En los hogares donde convivan varias personas que perciban pensiones no contributivas, únicamente una de ellas podrá recibir esta ayuda, preferentemente la persona titular del contrato de alquiler.

Plazos para solicitar y recibir la ayuda de 525 euros

La medida fue aprobada recientemente y su vigencia estimada comenzó en enero de 2026. Para solicitar el complemento, será necesario presentar la documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos ante el organismo estatal.

El Gobierno regional tiene en cuenta este complemento como una estrategia política y la intención de reforzar el compromiso social con los pensionistas más vulnerables. No obstante, su éxito dependerá de la ejecución técnica impecable, de una gestión administrativa ágil y, sobre todo, de que los hogares beneficiados reciban realmente la ayuda prevista.

Se calcula que esta medida llegará a aproximadamente 2.500 pensionistas madrileños. Se trata de un apoyo adicional al complemento estatal que ya existe desde 2007 (dirigido a pensionistas sin vivienda en propiedad que pagan alquiler) y del que algunas personas ya venían beneficiándose.