

Muchos propietarios consideran la opción de transferir sus viviendas a familiares a precios simbólicos como una forma de evitar impuestos o facilitar el trámite de compraventa. Sin embargo, esta práctica plantea importantes dudas sobre su legalidad y las implicaciones fiscales.
Según la normativa vigente en España, es legal realizar este tipo de transacciones, pero hacerlo por debajo del valor de mercado puede generar obligaciones tributarias significativas, como el pago de impuestos sobre donaciones o plusvalías.
Por este motivo, los expertos del portal Habitaclia recomendó informarse a fondo sobre las leyes aplicables y buscar asesoramiento legal antes de llevar a cabo este tipo de operaciones.

¿Existe un precio mínimo para vender un inmueble?
En España, no existe una normativa que establezca un precio fijo para la venta de una vivienda, lo que otorga a los propietarios la libertad de decidir cuánto cobrar por su propiedad. Este derecho está respaldado por el principio de autonomía de la voluntad permitiendo que dos particulares acuerden el precio de compraventa.
Sin embargo, es importante considerar que cada inmueble tiene un precio mínimo de venta, conocido como valor de referencia catastral o valor mínimo fiscal. Vender una propiedad por debajo de este valor puede acarrear consecuencias legales y fiscales significativas.
¿Es legal regalar una casa a un familiar?
Según informó el portal inmobiliario Habitaclia, la Ley General Tributaria en España prohíbe regalar o vender una casa a un precio simbólico, considerándolo una práctica ilegal.

Dicha normativa busca asegurar que todas las transacciones inmobiliarias se realicen de manera justa y transparente. La Administración es responsable de fijar el precio mínimo de venta de una propiedad, basado en el valor catastral, que se determina a partir de diversos factores.
Por ello, cualquier propietario que realice una compraventa debe declarar la operación por este valor mínimo fiscal establecido por la Agencia Tributaria, lo que impide la posibilidad de realizar transacciones a precios simbólicos.
Las consecuencias que podría traer regalar una casa
La Ley General Tributaria establece que regalar o vender una casa a un precio simbólico puede ser considerado un delito grave contra la hacienda pública. Esta práctica, al no reflejar el valor real de la propiedad, puede acarrear serias implicaciones fiscales tanto para el vendedor como para el comprador. Las autoridades fiscales están atentas a estas transacciones, ya que pueden interpretarse como intentos de fraude.
En caso de que el precio de venta sea significativamente inferior al valor de mercado, Hacienda podría iniciar una investigación sobre la compraventa. Si se determina que ha habido un fraude, la administración tributaria no dudaría en imponer sanciones. Estas sanciones pueden incluir el requerimiento del pago de la diferencia entre el valor real y el declarado, así como intereses y otras penalizaciones.
Además, si se considera que el precio declarado está muy por debajo del valor de mercado, Hacienda podría exigir el pago del IRPF correspondiente a la mayor ganancia patrimonial obtenida. Las sanciones impuestas por la administración pueden ser severas, llegando a alcanzar hasta el 150% del importe defraudado, lo que subraya la importancia de realizar transacciones inmobiliarias de manera transparente y conforme a la ley.



