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El nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias comenzó a aplicarse para las declaraciones correspondientes al período fiscal 2025 y ya supera las 80.000 adhesiones, según datos oficiales difundidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La cifra se duplicó en los últimos 20 días, luego de que ARCA habilitara el aplicativo para confeccionar y presentar las declaraciones juradas con datos precargados. El régimen arrancó con apenas 5.800 adhesiones y tuvo su mayor impulso en abril, cuando más de 36.000 nuevos contribuyentes se sumaron al sistema.
El esquema apunta a modificar la forma en que determinadas personas humanas presentan el tributo, mediante una declaración jurada más automatizada y con menor carga informativa.
Este cambio no altera la existencia del impuesto ni las obligaciones sustanciales vinculadas al pago de Ganancias: el cambio central está en el esquema declarativo y en el nivel de información que debe presentar el contribuyente.
Régimen Simplificado de Ganancias: quiénes pueden adherirse
El esquema está dirigido a personas humanas residentes en el país, sucesiones indivisas residentes e inscriptas en el Impuesto a las Ganancias.
Para adherirse, los contribuyentes deben contar con clave fiscal nivel 3 o superior, no registrar una CUIT con estado administrativo limitado y no estar comprendidos dentro del universo de Grandes Contribuyentes Nacionales en los períodos fiscales alcanzados por el régimen.
Además, al momento de ejercer la opción, el contribuyente debe declarar bajo juramento que cumple los parámetros de ingresos y patrimonio previstos por la normativa vigente.
¿Cómo adherirse al Régimen Simplificado?
La adhesión se realiza desde el servicio “Sistema Registral” disponible en el portal oficial de ARCA, mediante la opción “Ganancias PH Simplificada”.
Al ejercer la opción, el sistema caracteriza al contribuyente con el código “618-Ganancias PH Simplificada” en el Sistema Registral de ARCA. La adhesión no es definitiva y puede revocarse en cualquier momento antes de presentar la declaración jurada.

La fecha límite para adherirse es junio
La adhesión puede realizarse hasta la fecha de vencimiento de la declaración jurada del período fiscal 2025.
Los vencimientos operarán durante junio de 2026, según la terminación de CUIT de cada contribuyente. Si la terminación del CUIT es 0, 1, 2 o 3, la fecha límite para la presentación será el 11 de junio; si finaliza en 4, 5 o 6, el vencimiento es el 12 de junio; y para los CUIT terminados en 7, 8 o 9, el plazo corre hasta el 13 de junio.
¿Cómo funciona el nuevo sistema de Ganancias?
El régimen simplificado reemplaza parte de la lógica tradicional de confección de la declaración jurada anual. Hasta ahora, las personas alcanzadas por Ganancias debían presentar información patrimonial, ingresos, deducciones y variaciones económicas mediante el formulario F.711.
Con el nuevo esquema, ARCA habilitó el formulario F.2711 dentro del servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”.
Allí el contribuyente encuentra información precargada a partir de datos provenientes de distintos regímenes informativos ya existentes, como bancos, empleadores, billeteras virtuales y otros organismos. El contribuyente debe revisar la información incorporada por el organismo, completar los datos que correspondan y confirmar la presentación de la declaración jurada.
La clave del Régimen Simplificado: patrimonio
Uno de los cambios más importantes es que quienes adhieran no deberán informar su patrimonio ni al inicio ni al cierre del período fiscal. Esto también elimina la necesidad de calcular el monto consumido, que se deriva del cruce patrimonial entre activos declarados y consumos.
El atractivo central del régimen está en lo que los especialistas llaman el “tapón fiscal”. Quienes adhieren y cumplen con los requisitos adquieren el derecho a que sus declaraciones sean consideradas correctas y suficientes por ARCA. Esto significa que, una vez aceptada y abonada la declaración, ARCA no puede reabrir, ajustar ni cuestionar la determinación del impuesto en esos períodos, salvo que exista una discrepancia significativa.
El mecanismo de protección abarca tanto el Impuesto a las Ganancias como el IVA de los períodos no prescriptos. La presentación y el pago en término, ya sea en efectivo o mediante un plan de facilidades dentro del plazo legal, activan automáticamente la presunción de exactitud y el efecto liberatorio.
Además, la Ley 27.799, conocida como de Inocencia Fiscal, redujo a tres años el plazo de prescripción para los contribuyentes que cumplen las condiciones, frente al plazo general de cinco años.
Las deducciones previstas por la ley continúan vigentes y pueden seguir computándose según corresponda en cada caso, incluyendo cargas de familia, alquileres, medicina prepaga, honorarios médicos, servicio doméstico y gastos educativos, entre otras.
¿Conviene adherirse?
Desde el sector tributario advierten que la clave de este cambio es el volumen total de presentaciones mediante la herramienta, ya que adherirse no implica ningún efecto definitivo: cualquier contribuyente puede adherirse, luego desistir y presentar por el régimen general.
Para los expertos consultados, el régimen es más recomendable para quienes presentan inconsistencias en años anteriores, ya que ayuda a reducir costos profesionales y resulta conveniente para perfiles con patrimonios complejos o bienes en el exterior.
Cabe recordar que la implementación del régimen simplificado no elimina las facultades de fiscalización y verificación del organismo recaudador. Los contribuyentes continúan obligados a declarar correctamente sus ingresos y a conservar la documentación respaldatoria correspondiente.



