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Con el lanzamiento del "plan colchón" se quiso instaurar la idea de que este era una Gobierno que no iba a perseguir a los contribuyentes que saquen los dólares que compraron en el mercado informal, lo que no significa que los controles no sigan vigentes.

Los tributaristas consultados por El Cronista destacaron cuáles son los movimientos de los contribuyentes que encienden las alertas rojas como también donde enfocan los controles la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en el monotributo.

Los automáticos

El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez,aseguró que el fisco nacional realiza controles automáticos como que la sumatoria de los ingresos facturados no supere el límite permitido de la categoría máxima, que corresponda con la que está inscripto y respecto al precio unitario de venta.

"Siempre controlo que los depósitos bancarios sean compatibles con los depósitos que declara el contribuyente", afirmó. Si bien antes ARCA recibía una mayor cantidad, y ahora solo de aquellas transferencias que superen los $ 50 millones mensuales, alertó que en una fiscalización se pueden solicitar los extractos como requerimientos al banco y terminar excluyendo del régimen.

Y si bien, los monotributistas no pueden tener más de tres actividades o unidades de explotación declaradas, estas últimas son más difíciles de detectas por parte de ARCA para Domínguez. Salvo el caso de que inmuebles donde está el beneficio que si los alquileres están registrados se consideran como una.

Puntos con los que coincidió la supervisora de Impuestos de Lisicki, Litvin & Asociados, Florencia Pecuch quien los resumió en que ARCA pone la lupa sobre la coherencia patrimonial y las alertas saltan si los ingresos, gastos, movimientos bancarios y estilo de vida no cierran con la categoría de monotributo declarada.

"Entre los gastos incompatibles con el régimen simplificado, están las compras de autos de lujo, inmuebles, viajes al exterior o consumos con tarjeta muy altos en relación a los topes del monotributo", afirmó en conversación con este medio.

Para ello, el organismo que conduce Juan Pazo aplica un parámetro para determinar que es incompatible con el régimen simplificado: el total de gastos no puede superar el 80% (en el caso de ventas de bienes) o el 40% (en caso de locaciones/prestaciones de servicios) de los valores máximos de ingresos brutos anuales para la categoría K.

"El pago de los alquileres no debe superar los $ 6.273.905,49 anuales y el precio unitario de venta no debe superar el límite máximo de $ 536.767,47", puntualizó. A su vez de que el régimen prohíbe importar bienes para comercialización por lo que se debe tener cuanto con la facturación por exportaciones de servicios.

Facturas apócrifas

Para el socio de La Vista Casal, Miguel La Vista, ARCA está controlando las facturas apócrifas -las que emiten contribuyentes que están identificados como usinas de facturación-. "Hay una discusión respecto a esto, porque está el que quiere hacer trampa para descontarse mayor cantidad de gastos, pero también hay casos de contribuyentes que son engañados de buena fe", sostuvo.

Lo que se presenta, sobre todo en los servicios ocasionales. Por ejemplo, recordó el caso de una empresa de transporte que necesitó contratar camiones adicionales y a pesar de ser de propiedad personas físicas las facturas se hicieron por otros.

"No había ninguna mala intención por parte de quien incurría en el gasto sino del prestador del servicio. El tema es que el fisco nacional le hace un ajuste al que se computa el gasto y es muy caro porque no solo no se lo deja descontar, sino que le aplica una multa equivalente del 35% sobre el monto que se pretendía computar", detalló.