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En un nuevo capítulo de la licitación pública nacional e internacional para el mantenimiento de la Vía Navegable Troncal (Hidrovía), la empresa Jan De Nul (JDN) presentó un exhaustivo documento de observaciones tras la apertura del “Sobre 1”.
En el escrito, se detallan irregularidades críticas en la propuesta de la firma DEME NV, argumentando que la misma debe ser declarada inadmisible por incumplimientos legales, técnicos y financieros.
Por su parte, la comisión evaluadora, bajo la órbita de la Administración Nacional de Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) descalificó a la brasileña DTA Engenharia, por no elevar junto con sus antecedentes la garantía de mantenimiento de oferta.
Los 10 puntos en objeción
Ante las faltas, Jan De Nul que ha sido el principal concesionario del dragado y balizamiento de la Hidrovía Paraná-Paraguay en Argentina durante los últimos 30 años, solicitó que la oferta de DEME sea rechazada y la empresa descalificada del proceso.

Fuente: Jan de Nul
En resumen, las observaciones presentadas incluyen:
- Invalidez de la garantía de mantenimiento: La garantía es inadmisible por no ser incondicional. Incluye cláusulas que permiten al banco decidir discrecionalmente si paga o no ante restricciones cambiarias, lo cual desnaturaliza la seguridad del cobro para el Estado.
- Falsedad en la declaración jurada: DEME declaró como propios volúmenes de un proyecto compartido con Jan De Nul. Se acreditó que el volumen real dragado es muy inferior al manifestado, constituyendo una declaración falsa.
- Contradicción en antecedentes de volumen: Los metros cúbicos declarados en la propuesta no coinciden con lo que respaldan los certificados de obra presentados (casos Elba, Mar del Norte, Canal Martín García, etc.).
- Incumplimiento de requisitos económicos: El oferente intentó acreditar solvencia fragmentando datos entre distintas empresas. Dredging International NV no llega al patrimonio neto exigido, y DEME NV no cumple con la facturación mínima ni los índices de liquidez.
- Falta de DDJJ sobre volúmenes mensuales: Se omitió la declaración jurada y los certificados exigidos por el pliego para acreditar los volúmenes de dragado mensuales, lo cual invalida la oferta.
- Equipos con potencia insuficiente: El pliego exige dragas de al menos 4000 kW, pero DEME incluyó la draga Mellina de solo 3542 kW. Además, los certificados carecen de las auditorías anuales vigentes.
- Irregularidad en balances: Los estados financieros presentados en la oferta no coinciden con el balance auditado y publicado en el Banco Nacional de Bélgica, incumpliendo el requisito de transparencia del pliego.
- Falta de distinción entre dragado y refulado: La documentación no permite verificar qué porcentaje del volumen corresponde a rellenos (refulados), los cuales deben excluirse del cálculo según las exigencias del contrato.
- Defectuosa presentación de la oferta: La oferta fue cargada en el sistema por una persona no autorizada. El único apoderado habilitado era Steven Bouckaert, pero el ingreso fue realizado por otro usuario, invalidando el acto.
- Alteración de traducciones públicas: Se detectaron traducciones legalizadas cuyos documentos fuente no coinciden con los certificados agregados, lo que invalida la documentación certificada ante el Colegio de Traductores.



