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Con la reforma laboral de vuelta en marcha, regresa a escena el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un esquema de indemnizaciones que se nutrirá de los fondos que hasta ahora se envían a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES): las contribuciones patronales.

Si bien todavía está pendiente su reglamentación, el FAL es una herramienta clave para la capitalización mensual que las empresas destinan al pago de indemnizaciones futuras.

Según indica el texto de la Ley de Modernización Laboral aprobada por el Congreso, los empleadores deberán realizar una contribución mensual equivalente al 2,5% de la nómina en el caso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes) y del 1% para las grandes empresas.

Este sistema incluiría, según cálculos de la consultora PwC, alrededor de 3 millones de empleados de grandes empresas y 2,7 millones de trabajadores que integran el universo de las pymes.

Juan Pablo Perojo, contador público y cofundador de la consultora PMP, señaló que el FAL no está pensado para despedir personal sino para contar con una especie de caja previsional. “El problema de las pymes argentinas no es que quieran retener empleados sin razón, sino que cuando la situación se complica, el costo indemnizatorio las deja sin aire, complicando el status de todo el personal por la desvinculación de un solo empleado”, detalló.

Su firma estimó la posible velocidad de capitalización del Fondo de Asistencia Laboral, que varía significativamente según el tamaño de la empresa.

Por ejemplo, en el caso de una pyme de 40 empleados con una remuneración promedio de $ 2.000.000 y una contribución mensual de $ 2.000.000, se alcanzarían al semestre fondos equivalentes a un mes de indemnización y una cobertura de 5,9 sueldos por año de antigüedad. Al año, esa cifra ascendería a 11,2 sueldos.

El FAL incluiría alrededor de 3 millones de empleados de grandes empresas y 2,7 millones de trabajadores que integran el universo de las pymes
El FAL incluiría alrededor de 3 millones de empleados de grandes empresas y 2,7 millones de trabajadores que integran el universo de las pymes

En cambio, una pyme de 75 personas que aporta mensualmente $ 3.750.000 al fondo (con la misma remuneración promedio), a los seis meses acumularía recursos equivalentes a 1,9 meses de indemnización y 11,1 sueldos por año de antigüedad. Tras doce meses de aportes, el fondo alcanzaría 20,9 sueldos.

En el otro extremo, PMP indica que las grandes empresas—con una nómina de 1.000 empleados— aplican una alícuota menor (1% frente al 2,5% de las pymes), aportan al FAL una contribución mensual de $ 20.000.000. Aun así, a los seis meses ya cubrirían 10 meses de indemnización, con una acumulación equivalente a 59,1 sueldos por año de antigüedad. Al año, esa cifra alcanzaría los 114,3 sueldos.

Tipo de empresaPYMEPYMEPYMEGrande
Nómina2040751.000
Remuneraciones promedio$ 2.000.000$ 2.000.000$ 2.000.000$ 2.000.000
Remuneraciones totales$ 40.000.000$ 80.000.000$ 150.000.000$ 2.000.000.000
Contribución FAL %2,5%2,5%2,5%1,0%
Contribución FAL $$ 1.000.000$ 2.000.000$ 3.750.000$ 20.000.000
Meses de indem. en FAL0,51,01,910,0
Sueldos/años de antigüedad al sexto mes3,05,911,159,1
Sueldos/años de antigüedad al año5,611,220,9114,3

Los cálculos, realizados bajo el supuesto de una contribución del 2,5% para pymes y del 1% para grandes empresas, podrían diferir si el Ejecutivo hace uso de la facultad de incrementar los aportes —hasta 0,5 puntos porcentuales— para mantener el cumplimiento de las metas de equilibrio fiscal.

“En caso de aumentar al 3% (pymes), se aceleraría el monto de cobertura de indemnizaciones. Con lo cual, respecto de la situación previa, el beneficio sería aún mayor para el empleador”, consideró Perojo en diálogo con El Cronista.

Cabe destacar que el FAL tiene características específicas: es inembargable, no tributa el impuesto a las Ganancias y solo puede transferirse junto con los trabajadores en caso de venta o cesión de la empresa. Su uso es optativo y puede ser parcial, ya que el empleador podrá cubrir una porción de la indemnización con el fondo y el resto con flujo propio.

Reglamentación del FAL

La puesta en marcha del sistema está prevista para el 1° de junio. Para ello, el Ministerio de Economía deberá publicar un decreto reglamentario y la Comisión Nacional de Valores (CNV), por su parte, los detalles sobre el alcance del fondo.

Básicamente, en qué instrumentos podrán invertirse los recursos que pertenecerán a las empresas. De hecho, hace algunas semanas la Comisión Nacional de Valores mantuvo reuniones con las sociedades de bolsa (ALyCs), comúnmente conocidas como brokers.

El mercado de capitales aguarda la instrumentación oficial, mientras la actual administración celebra la decisión de revocar la medida cautelar, dejando en suspenso lo fallado en primera instancia por Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63.

La CGT, por su parte, presentó una recusación contra los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, el tribunal que días atrás reactivó la vigencia de más de 80 artículos de la ley.

Costo fiscal y aporte mensual

El impacto fiscal de la puesta en marcha del FAL no es un dato menor para las cuentas públicas. La consultora LCG estimó que si el FAL arranca el 1° de junio demandaría un costo de 0,1% del PBI.

En términos anuales, PwC calculó un impacto de 0,23% del PBI, una cifra elevada considerando la meta de superávit primario —ajustada recientemente por el Fondo Monetario Internacional (FMI)— de 1,4% del PBI.

Sobre los aportes mensuales, un informe de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) calculó que la aplicación de las alícuotas del 1% para grandes empresas y del 2,5% para MiPymes arrojará un flujo mensual estimado de aproximadamente $ 263.268 millones, alrededor de u$s 2179 millones anuales.