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El Gobierno flexibilizó el uso de dinero en efectivo con la actualización de los montos permitidos para comprar bienes sin necesidad de justificar el origen de los fondos, como parte de la nueva reforma tributaria.

A través de una resolución oficializada por la Unidad de Información Financiera (UIF), se incrementaron los límites en operaciones inmobiliarias, compra de autos y depósitos bancarios.

Nuevos límites: cuánto puedo comprar sin necesidad de declarar

Según la nueva normativa, estos son los umbrales límites para las siguientes compras:

  • Inmuebles: ahora solo deberán reportarse las operaciones que superen los 750 salarios mínimos Por debajo de ese monto, no se exigirá justificar el origen del dinero.
  • Autos: los compradores deberán presentar documentación del origen de los fondos solo si el monto total anual supera los $ 115.000.000. Además, solo se considerarán de "alto monto" aquellas operaciones que superen los $ 50.000.000
  • Depósitos bancarios: los controles reforzados se aplicarán únicamente a depósitos en efectivo que superen los 40 salarios mínimos. Operaciones por debajo de ese valor no requerirán documentación adicional.

Dólares del colchón: ¿cuáles son los nuevos cambios en controles y reportes?

Desde ahora, las declaraciones juradas impositivas ya no alcanzan para justificar el origen de los fondos. Será necesario presentar documentos concretos como resúmenes bancarios, escrituras o comprobantes de venta.

Además, ya no se exigirá la certificación contable. Este requisito, que antes era obligatorio en muchas operaciones, fue eliminado para simplificar trámites.

También, cuando el pago se realice mediante transferencia, cheque personal o crédito bancario, no será obligatorio presentar el "Perfil del Cliente". Esto busca fomentar las operaciones bancarizadas.

Confirmado: se actualizan los montos que deben reportar los bancos

Otro cambio relevante dentro de este plan es la modificación de los umbrales a partir de los cuales las entidades financieras deben reportar operaciones a la ARCA, lo que representa una fuerte desregulación respecto al régimen anterior.

A continuación, los nuevos límites establecidos para diferentes tipos de operaciones:

  • Transferencias y acreditaciones bancarias: solo se reportarán montos superiores a $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.

  • Extracciones de efectivo: se informarán únicamente aquellas que superen los $ 10.000.000, tanto para individuos como para empresas.

  • Saldos bancarios al cierre del mes: el mínimo requerido para ser informado es de $ 50.000.000, en el caso de personas humanas y $ 30.000.000 para jurídicas.

  • Plazos fijos: el umbral pasó de $ 1.000.000 a $ 100.000.000 para particulares, y se fijó en $ 30.000.000 para empresas.

  • Movimientos en billeteras virtuales: solo se reportarán transferencias o acreditaciones por encima de $ 50.000.000 en usuarios individuales y $ 30.000.000 en cuentas corporativas.

  • Inversiones en Alycs: las tenencias declarables se establecieron en más de $ 100.000.000 para individuos y $ 30.000.000 para empresas

  • Operaciones comerciales: el límite de reporte es de $ 10.000.000 millones, sin necesidad de identificación previa.

El Gobierno eliminó regímenes informativos

Como parte de este proceso de flexibilización, se anunció también la eliminación de varios regímenes de información obligatoria que afectaban a operaciones cotidianas. Entre ellos, ya no será necesario reportar:

  • Compras con tarjeta de débito o crédito

  • Transacciones realizadas a través de billeteras virtuales

  • Operaciones notariales (CITI Escribanos)

  • Compra y venta de autos usados

  • Pago de expensas

  • Consumo de servicios públicos de alto monto

  • Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI)