En esta noticia

Recibir una propiedad como herencia puede implicar una mayor carga impositiva para el contribuyente que debe ser contemplada con antelación según los especialistas.

Los tributaristas consultados por El Cronista revelaron las estrategias que deben seguir los herederos para pagar menos impuestos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como también frente a los fiscos provinciales.

Herencias: impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

"A nivel nacional es el impuesto a las Ganancias y el impuesto sobre los Bienes Personales. En el caso de ser una persona humana la herencia de una propiedad no queda alcanzada por el primero, aunque si puede ser por el segundo", destacó la gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi.

Como primer paso el contribuyente que recibe el bien deberá incorporarlo en su incorporarlo en su declaración ante el fisco nacional y de superar el Mínimo No Imponible (MNI) con el total de sus propiedades quedará alcanzado por el impuesto.

"En el caso de que el inmueble que reciba sea utilizado como casa habitacional la Ley prevé que no esté alcanzado por el impuesto siempre que no supere el monto determinado anualmente", puntualizó que para 2024 fue de $ 1.025.482.377,13.

A su vez, comentó que en el caso de que el contribuyente decida alquiler el inmueble que recibió por herencia -en un contrato debidamente registrado- estará exento su valor en Bienes Personales siempre que no supere el monto establecido por Ley ($ 1.025.482.377,13 para 2024). "En caso que desee generar una renta con el producido del alquiler, podrá inscribirse en el monotributo, abonando únicamente el componen impositivo", señalo.

Herencias en la provincia de Buenos Aires

Aunque se debe contemplar lo que sucede en la provincia de Buenos Aires donde existe el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, lo que incluye herencias, legados, donaciones que impliquen un enriquecimiento a título gratuito.

"Para que aplique dicho gravamen el bien en cuestión debe estar situado en la provincia", aseguró. Y dependiendo del grado de cercanía entre las partes corresponden distintos porcentajes sobre lo que se paga (tratándose de progenitores, hijos/as y cónyuge la tasa a abonar es menor).

Siendo este un punto que también marcó la contadora Elisabet Piacentini. "Depende de las provincias, hay algunas como Buenos Aires que grava la transmisión gratuita de bienes y otras como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)", afirmó. Siendo alícuotas que se actualizan todos los años y cuyo calculó lo realiza el abogado que presenta la sucesión o el escribano que realiza la transmisión gratuita de bienes.

El caso de las empresas

El socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti, remarcó las dificultades que se enfrentan a la hora de realizar la sucesión de una empresa. "Cuando no está clara, se pelean entre los herederos. Si es entre hermanos no es menos graves, pero entre primos la destrozan y todo queda en los honorarios de los abogados y el negocio se pierde", señaló.

Para evitar esto recomendó es hacer donaciones con reserva de usufructo, protocolos sucesorios que se impongan a los integrantes de la empresa, armar los grupos de sucesores en determinados fideicomisos cada uno con un representante y convenio entre ellos para no poder romper la empresa.

"Hemos visto como por peleas entre herederos desaparecieron empresas. Es vital organizar y pensar de ante mano como estructurar la herencia, que es un trabajo que tiene que hacer el dueño porque si queda en manos de los herederos termina en una guerra", marcó.