La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó esta semana la extensión del plazo hasta el 31 de julio para la Presentación Única de Balances (PUB), destinada especialmente a las empresas cuyo cierre de ejercicio haya operado en diciembre de 2025. Los especialistas consultados esperan que ahora no se repita el “colapso” del mes pasado.

La decisión del organismo, oficializada mediante la Resolución General 5871/2026, se adoptó en un contexto de serias dificultades para que las compañías cumplieran a tiempo con sus obligaciones y evitaran el pago de multas por la falta de presentación de la declaración jurada informativa, que oscilan entre $ 5.000.000 y $ 10.000.000.

Ahora, el límite se amplió con el objetivo de que las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y demás sujetos puedan enviar la documentación complementaria del impuesto a las Ganancias.

El fisco justificó la decisión señalando que la extensión del plazo se otorgó “atento a lo solicitado por diversas entidades representativas de profesionales en ciencias económicas”.

En gran medida, los inconvenientes surgieron a partir de la implementación de la nueva “Norma Unificada Argentina (NUA)”, de aplicación obligatoria generalizada para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025. Los primeros estados contables que la utilizan son, justamente, los cierres de diciembre de 2025.

“Eso pudo generar reclasificaciones, diferencias de valuación y formas de exposición diferentes en los balances. Por eso, en muchos casos, llevaron más tiempo del habitual, lo que generó un retraso en la presentación de los balances para su legalización. Los colegios y consejos se encontraron con un volumen muy importante de balances, presentados más tarde de lo habitual, y además con la necesidad de hacer controles más exhaustivos para verificar si cumplían con las normas”, señaló Sebastián Domínguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios.

Por su parte, Claudia Pose, socia de Impuestos en BDO Argentina, remarcó que el plazo para presentar los balances —anteriormente el 30 de junio— coincidía con el vencimiento de las declaraciones juradas anuales de Convenio Multilateral (CM05) —contribuyentes con sede en CABA— y con los vencimientos para recuperos de IVA por exportaciones.

La PUB generó preocupación en el sector profesional, que recibió un "alivio" con la extensión del plazo anunciada por ARCA
La PUB generó preocupación en el sector profesional, que recibió un "alivio" con la extensión del plazo anunciada por ARCA

Más allá de la extensión anunciada por ARCA, para las empresas no basta con tener el balance cerrado. También se requiere la intervención del profesional, la firma y la legalización del consejo profesional competente antes de su presentación efectiva en ARCA.

“Resta ahora considerar si el plazo de un mes alcanza para cumplir con los nuevos plazos, ya que no solo se trata de cerrar el armado de los estados contables auditados, sino también de que se emita el dictamen profesional, para luego ser certificado por el consejo actuante. Hoy en día son muchos los contribuyentes que tienen pendiente el cierre definitivo de estos, con lo cual se espera que no vuelva a suceder a fines de julio el colapso de presentaciones”, explicó Pose.

Por otro lado, Domínguez fue crítico respecto de la actualización de las sanciones ante la falta de presentación de la declaración jurada informativa, cuyos importes fueron incrementados a partir de los cambios que introdujo el Gobierno en la Ley de Inocencia Fiscal.

La omisión podría derivar en una multa de $ 5.000.000, que se elevará hasta $ 10.000.000 si se trata de sociedades, empresas, fideicomisos, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas en el país.

Es decir, las sanciones podrán recaer tanto sobre una pyme como sobre una sociedad. “No es habitual que el fisco aplique estas multas, pero la realidad es que las puede llegar a aplicar. Y eso reabre el debate sobre si esa multa es razonable para una pyme que no puede presentar el balance en término”, evaluó Domínguez.

También agregó que, en caso de incumplimiento, no debería haber una multa fija, sino una graduación de acuerdo con el tamaño de las empresas.