

A medida que pasan los años, conducir se vuelve un desafío mayor. Y no solo por la experiencia acumulada o los reflejos: también por las nuevas exigencias del sistema de salud vial. En Colombia, las personas mayores de 60 años deben renovar su licencia de conducción cada cinco años, pero esta renovación no es automática.
El proceso incluye un chequeo médico obligatorio, en el que se evalúa la condición física, mental y sensorial del conductor. Si durante esa evaluación se detecta alguna enfermedad que pueda comprometer la seguridad en las vías, como la epilepsia activa o una arritmia grave, la renovación puede ser denegada.
La epilepsia puede impedir seguir conduciendo
La epilepsia es una de las condiciones neurológicas que más preocupan a los profesionales de los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC). Según el protocolo, si una persona ha tenido crisis convulsivas recientes o episodios de pérdida de conciencia en el último año, no podrá renovar su licencia.

La razón es clara: una crisis epiléptica al volante puede derivar en un accidente grave. Por eso, los CRC exigen certificados médicos que acrediten al menos 12 meses sin crisis y bajo tratamiento médico estable. Si no se presentan estos informes o los síntomas persisten, la renovación queda bloqueada o se autoriza con restricciones.
Las arritmias también figuran entre las causas de rechazo
En el caso de las enfermedades cardíacas, las arritmias graves también pueden impedir renovar la licencia. Este tipo de alteraciones del ritmo del corazón pueden generar mareos, pérdidas de conocimiento o desmayos, lo que representa un riesgo directo para la seguridad vial.
Particularmente se consideran de alto riesgo aquellas arritmias que requieren dispositivos como marcapasos o desfibriladores, o que se manifiestan sin previo aviso. Si se detectan durante la revisión médica y afectan la capacidad de conducción, el CRC puede emitir un dictamen negativo, o permitir conducir solo con restricciones.
Renovación obligatoria y anual a partir de los 80
Desde los 80 años, la renovación del carnet en Colombia debe hacerse cada año, siempre con nuevo examen médico. En esta etapa, las enfermedades crónicas y la pérdida progresiva de reflejos o habilidades físicas incrementan los controles.

Además de la epilepsia y la arritmia, hay otras condiciones que pueden impedir la renovación: apnea del sueño no tratada, diabetes mal controlada, trastornos cognitivos o problemas severos de visión o audición. La decisión no depende solo de la edad, sino del resultado de la evaluación clínica individual, que determina si el conductor es apto, no apto o apto con restricciones.






