

Miles de personas en Colombia ya se encuentran en proceso de entregar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. Así lo determinó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el calendario tributario de este año.
En esta declaración, los ciudadanos deberán reportar sus ingresos, egresos, bienes, deudas y demás movimientos económicos realizados durante el año anterior. Esto incluye los gastos realizados con tarjetas de crédito en algunos casos.

Declaración de renta 2025: quiénes deben cumplir con la obligación
Cada año, la DIAN establece los topes de ingreso, patrimonio y transacciones que determinan la imposición de declarar sobre la renta. Si bien son muchas las condiciones que pueden obligarlo, en el caso de las tarjetas de crédito deben haber sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos en el periodo gravable 2024.
También deben presentar su declaración las personas que hayan superado uno de los siguientes umbrales:
- Personas cuyo patrimonio bruto haya sido superior a $211.793.000 pesos colombianos, con corte al 31 de diciembre de 2024.
- Personas cuyos ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
- Personas cuyas compras y consumos hayan sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
- Personas cuyas consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras hayan sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos.

Paso a paso, cómo consultar con la DIAN
En caso de tener dudas sobre sus obligaciones fiscales, deberá ingresar al portal de la DIAN para corroborar si debe o no declarar renta. En este sentido, es necesario contar con usuario y contraseña; en caso de no tenerlos, debe crearlos.
Además, tendrá que ingresar al menú y elegir la opción "Consulta de información reportada por terceros" que muestra los datos que bancos, empleadores y otras entidades enviaron a la autoridad. Deberá revisar el tope de cada ítem. Si las cifras superan los límites definidos, está obligada a declarar.
Calendario tributario 2025: ¿en qué momento hay que declarar renta?
La DIAN estableció que los plazos para presentar la declaración de renta iniciarán el próximo 12 de agosto y se extenderán hasta el 24 de octubre. Cada contribuyente deberá tener en cuenta los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), sin contar el dígito de verificación.
Estas son las fechas:
- NIT terminados en 01 y 02: 12 de agosto.
- NIT terminados en 03 y 04: 13 de agosto.
- NIT terminados en 05 y 06: 14 de agosto.
- NIT terminados en 07 y 08: 15 de agosto.
- NIT terminados en 09 y 10: 19 de agosto.
- NIT terminados en 11 y 12: 20 de agosto.
- NIT terminados en 13 y 14: 21 de agosto.
- NIT terminados en 15 y 16: 22 de agosto.
- NIT terminados en 17 y 18: 25 de agosto.
- NIT terminados en 19 y 20: 26 de agosto.
- NIT terminados en 21 y 22: 27 de agosto.
- NIT terminados en 23 y 24: 28 de agosto.
- NIT terminados en 25 y 26: 29 de agosto.
Presentar la declaración fuera de ese plazo activa sanciones automáticas. Esto aplica aunque el formulario indique que no hay valor a pagar.
¿Los colombianos en el exterior deben seguir declarando?
De acuerdo con la consultora Russell Bedford Colombia (RBC), aunque muchos migrantes colombianos cumplen con la obligación de declarar renta en Colombia, también es común que cometan errores por desconocer aspectos clave como la residencia fiscal, los convenios para evitar la doble tributación y el uso de los sistemas tecnológicos actuales.
Por su parte, la Dian cuenta con acceso a información financiera internacional, incluyendo cuentas y movimientos bancarios, lo que permite identificar si una persona debe declarar sus bienes. Esto demuestra que vivir fuera del país no exime automáticamente a un contribuyente de presentar la declaración de renta, especialmente si mantiene vínculos familiares o posee un patrimonio superior a los $160 millones de pesos.

Olga Viviana Tapias, socia de Impuestos de RBC citada por La FM, enfatizó: "Esta condición no solo depende del tiempo de permanencia (183 días), como muchos erróneamente creen, sino también de factores como la ubicación de la mayoría de los ingresos o activos, o la falta de acreditación de residencia fiscal en otro país".
Las consecuencias por no declarar renta ante la DIAN
No presentar la declaración de renta en los tiempos establecidos puede generar sanciones considerables, incluso cuando el formulario no indica saldo a pagar. Según el Estatuto Tributario, estas son las principales sanciones:
- Sanción por extemporaneidad (Art. 641): 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. En 2025, la multa mínima será de $498.000.
- Sanción por no declarar (Art. 643): 20% del valor de los ingresos o consignaciones no reportadas, sin bajar de $498.000.
- Interés adicional: si la persona no cumple después de una notificación oficial, se suma una sanción del 10% adicional (Art. 642).



