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El Gobierno colombiano intensificó los procesos de fiscalización dirigidos a personas naturales y empresas que registran deudas vencidas con la DIAN, poniendo el foco en quienes aparecen como morosos en los sistemas oficiales. Estas acciones forman parte de una estrategia sostenida para mejorar el recaudo y reducir la evasión.

En este escenario, la autoridad tributaria está facultada para aplicar medidas preventivas y cautelares que no se limitan a bienes físicos o cuentas bancarias tradicionales. También pueden incluir fondos almacenados en billeteras digitales, siempre que estas operen dentro del marco regulado y bajo vigilancia estatal.

El Estatuto Tributario respalda este tipo de intervenciones cuando la obligación fiscal ya fue determinada y puede exigirse legalmente. Ante la falta de respuesta del contribuyente o el incumplimiento reiterado de los plazos otorgados, la DIAN puede avanzar con el cobro coactivo, un mecanismo legal diseñado para garantizar la recuperación de los recursos adeudados.

Los recursos guardados en billeteras virtuales tienen la misma consideración que otros fondos financieros, ya que funcionan como depósitos electrónicos administrados por entidades supervisadas por los organismos de control del Estado. En ese marco, los montos disponibles no están excluidos de los procesos fiscales y pueden ser embargados, siempre que se apliquen los procedimientos previstos para productos financieros a nombre del contribuyente.

En paralelo, la DIAN prioriza sus acciones de cobro a partir de bases de datos que se actualizan de forma permanente, enfocándose en deudas que ya quedaron firmes o en casos donde el contribuyente ignoró requerimientos y mandamientos de pago anteriores. Este enfoque permite avanzar directamente sobre expedientes que se encuentran en una etapa avanzada del proceso administrativo.

La DIAN puede embargar los bienes de los deudores. (Fuente: archivo)
La DIAN puede embargar los bienes de los deudores. (Fuente: archivo)

Embargos y bloqueos de fondos en billeteras virtuales: cómo funciona el procedimiento

El proceso comienza con la emisión de un mandamiento de pago, en el que la autoridad tributaria informa el monto de la obligación pendiente y otorga un plazo legal para cancelar la deuda o ejercer el derecho de defensa. Si el contribuyente no actúa dentro de ese término, se habilita la aplicación de medidas cautelares previstas en la normativa vigente.

Entre las acciones que pueden adoptarse se encuentran:

  • Embargo de cuentas bancarias y otros depósitos mantenidos en entidades financieras vigiladas.
  • Inmovilización de saldos en billeteras digitales, siempre que estén operadas por entidades bajo supervisión oficial.
  • Retención de recursos disponibles, destinados a cubrir de manera total o parcial la obligación tributaria.
  • Registro de embargos sobre bienes que figuren a nombre del deudor.

Las disposiciones se comunican formalmente a bancos y operadores de billeteras virtuales, quienes están obligados a acatar la orden y bloquear los fondos señalados, manteniéndolos retenidos hasta que la autoridad competente indique lo contrario.

¿Quiénes aparecen en la base de datos de deudores de la DIAN?

Allí figuran personas naturales y jurídicas con obligaciones vencidas y en firme, entre ellas:

  • Contribuyentes con impuestos, intereses o sanciones no pagados.
  • Personas que ignoraron requerimientos o mandamientos de pago.
  • Usuarios que incumplieron acuerdos de pago previamente pactados.

También pueden incluirse contribuyentes que no presentaron declaraciones pese a notificaciones oficiales, dando lugar a liquidaciones y posteriores procesos de cobro.

Cómo saber si estás en la lista de morosos de la DIAN

Se recomienda:

  • Verificar el estado tributario en el portal transaccional.
  • Revisar el módulo de obligaciones y cobro para identificar medidas cautelares.
  • Consultar los canales oficiales de atención para aclarar inconsistencias o dudas.

Muchos contribuyentes se enteran del embargo al intentar usar sus productos financieros y encontrar saldos congelados, por lo que estar atento a notificaciones es fundamental.