

El Ministerio de Salud y Protección Social definió las tarifas de copagos y cuotas moderadoras que aplican durante 2026 en el sistema de salud colombiano. Los valores fueron actualizados siguiendo los criterios técnicos vigentes y no dependen del salario mínimo, sino de un mecanismo de ajuste creado para reflejar el costo de vida.
La medida alcanza a los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y establece montos diferenciados según el régimen de afiliación y el nivel de ingresos del cotizante, con el objetivo de mantener reglas claras y uniformes en todo el país.
Cómo se actualizaron los copagos y las cuotas moderadoras en 2026
Para el cálculo de los valores que rigen este año, el Ministerio de Salud, retomado por La FM, tomó como referencia la Unidad de Valor Básico (UVB), un indicador que se ajusta anualmente con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor sin alimentos ni regulados, certificado por el DANE.
Para 2026, la UVB fue fijada en $12.110, cifra que sirvió como base para establecer las cuotas moderadoras, los copagos y los topes máximos que pueden cobrarse tanto por evento como por año calendario.

Régimen contributivo: valores de las cuotas moderadoras
En el régimen contributivo, las cuotas moderadoras continúan funcionando como un mecanismo para regular el uso de los servicios de salud. El monto a pagar depende del ingreso mensual del afiliado, expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes:
- Ingresos inferiores a 2 salarios mínimos: cuota moderadora cercana a $5.000.
- Ingresos entre 2 y 5 salarios mínimos: cuota moderadora aproximada de $20.100.
- Ingresos superiores a 5 salarios mínimos: cuota moderadora cercana a $52.800.
Estos valores se aplican por cada servicio cubierto por la normativa vigente y alcanzan tanto al cotizante como a sus beneficiarios.
Copagos en el régimen contributivo: porcentajes vigentes
Además de las cuotas moderadoras, en el régimen contributivo se mantienen los copagos, que representan una financiación parcial del servicio de salud. Para 2026, los porcentajes establecidos son:
- Menos de 2 salarios mínimos: 11,5% del valor del servicio.
- Entre 2 y 5 salarios mínimos: 17,3%.
- Más de 5 salarios mínimos: 23%.
Topes máximos de copagos en 2026
Con el fin de evitar cobros excesivos, se fijaron límites máximos que pueden cobrarse por copagos:
Por evento:
- Menos de 2 salarios mínimos: hasta $373.715.
- Entre 2 y 5 salarios mínimos: hasta $1.497.644.
- Más de 5 salarios mínimos: hasta $2.995.409.
Por año calendario:
- Menos de 2 salarios mínimos: hasta $748.882.
- Entre 2 y 5 salarios mínimos: hasta $2.995.409.
- Más de 5 salarios mínimos: hasta $5.990.696.
Régimen subsidiado: qué se paga y qué no en 2026
Para los afiliados al régimen subsidiado, el Ministerio reiteró que no se cobran cuotas moderadoras. Sin embargo, sí aplican copagos, los cuales no pueden superar el 10% del valor del servicio recibido.
En este régimen también se establecieron topes máximos:
- Tope por evento: hasta $651.155.
- Tope anual por afiliado: hasta $1.302.309.

Desde cuándo rigen las tarifas actualizadas
Las tarifas de copagos y cuotas moderadoras definidas por el Ministerio de Salud rigen desde el 1° de enero de 2026 y son de obligatorio cumplimiento para las EPS, las instituciones prestadoras de servicios de salud y los afiliados al sistema.
Según explicó la cartera sanitaria, la actualización busca asegurar una aplicación técnica y homogénea de los cobros, manteniendo la diferenciación entre cuotas moderadoras y copagos en todo el territorio nacional.





