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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) mantiene activo un mecanismo de seguimiento para contribuyentes con obligaciones pendientes en Colombia. A través de distintos canales de contacto y procesos administrativos, la entidad busca recuperar cartera y avanzar en el cumplimiento tributario.
Muchos ciudadanos desconocen cómo funciona este procedimiento hasta recibir una notificación, una llamada oficial o incluso una visita presencial. El proceso puede comenzar de forma administrativa, pero avanzar hacia etapas más exigentes si no hay respuesta o acuerdo de pago.
Dentro de este esquema, la DIAN aplica herramientas legales contempladas en el proceso de cobro coactivo, una vía que le permite exigir el pago de deudas tributarias acumuladas. Las medidas pueden incluir desde comunicaciones formales hasta acciones cautelares sobre bienes y cuentas.
Programa de cobro de la DIAN a morosos en Colombia: cómo funciona
El programa llamado “Al día con la DIAN, le cumplo al país” está diseñado para recuperar obligaciones vencidas mediante jornadas masivas de contacto y seguimiento. Según la entidad, el objetivo es reducir la cartera morosa y promover acuerdos de pago antes de avanzar a instancias más complejas.
La DIAN puede comunicarse con los contribuyentes a través de llamadas telefónicas verificadas, videoatención o visitas presenciales. En estos casos, los funcionarios deben identificarse y validar el proceso mediante canales oficiales.

Cuando existe una visita domiciliaria dentro del proceso, el funcionario puede entregar un Auto Comisorio, documento que formaliza actuaciones relacionadas con el cobro y deja constancia del procedimiento administrativo.
Si el contribuyente no responde o incumple reiteradamente, el proceso puede escalar a medidas cautelares contempladas por la ley, incluyendo embargo de cuentas, retenciones y procesos sobre bienes reportados.
Cobro coactivo DIAN: qué pasa si hay deudas activas
El cobro coactivo de la DIAN sigue una ruta progresiva. Primero se realizan notificaciones formales y requerimientos administrativos. Si no hay respuesta, pueden iniciarse acciones adicionales para asegurar el recaudo.
Entre las medidas aplicables figuran embargos de cuentas bancarias, retención de salarios y bloqueo de productos financieros, dependiendo del estado del expediente y del monto adeudado.
Los contribuyentes pueden revisar su situación tributaria mediante el portal MUISCA de la DIAN y consultar el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), donde aparecen obligaciones pendientes con entidades públicas bajo ciertas condiciones legales.




