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En el estado de Louisiana, la ley obliga a inscribir al bebé con el apellido del esposo o exesposo de la madre, aunque él no sea el padre biológico. La norma aplica si la mujer estaba casada al momento del parto o se divorció menos de 300 días antes del nacimiento.

El Registro Civil de Louisiana confirma que esta regla es automática: no requiere que el esposo o exesposo lo solicite ni que la madre esté de acuerdo. Solo puede modificarse mediante un trámite legal específico ante Vital Records.

¿Por qué el bebé lleva el apellido del exmarido aunque no sea el padre?

La ley civil de Louisiana presume que el esposo de una mujer es el padre de cualquier hijo nacido durante el matrimonio. Esa presunción se extiende hasta 300 días después de un divorcio, sin importar quién sea el padre biológico real.

Por eso, el apellido que figura en el certificado de nacimiento no depende de un test de ADN ni de una declaración voluntaria: se aplica automáticamente por default legal, salvo que se inicie un trámite para cambiarlo.

Esta regla rige en dos escenarios concretos:

  • La madre está casada al momento del parto y no se divorció de otro hombre en los 300 días previos.
  • La madre se divorció de su esposo menos de 300 días antes de que naciera el bebé.
La ley civil de Louisiana presume que el esposo de una mujer es el padre de cualquier hijo nacido durante el matrimonio.
La ley civil de Louisiana presume que el esposo de una mujer es el padre de cualquier hijo nacido durante el matrimonio.shutterstock

¿Qué pueden hacer los padres para corregir el apellido del bebé?

Para evitar que el bebé quede inscripto con el apellido del exmarido, la madre, el esposo o exesposo y el padre biológico deben firmar juntos un Acuerdo de Paternidad de tres partes ante notario y dos testigos.

Ese trámite exige además una prueba de ADN con al menos 99.9% de probabilidad de paternidad. Si se completa en el hospital al nacer el bebé, no tiene costo; si se hace después, hay que pagar un arancel ante Vital Records de Louisiana.