

- ¿Qué sucede en California cuando un conductor tiene deudas pendientes con el DMV?
- ¿Qué tipo de deudas pueden tener esta consecuencia, de acuerdo con el Código de Vehículos?
- El DMV podrá incautar y vender un vehículo para cobrar deudas: ¿cómo es el procedimiento?
- ¿Qué sucede con el dinero recaudado por la venta del vehículo?
El Manual de Procedimientos de Registro de la Industria Automotriz del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) de California establece en su Capítulo 18 las condiciones y procedimientos aplicables a las ventas por gravamen.
Aunque no se trata de un proceso automático, existen distintas situaciones en las que una persona, una empresa o el propio DMV pueden avanzar con la venta de un vehículo para recuperar una deuda pendiente asociada al automóvil.
¿Qué sucede en California cuando un conductor tiene deudas pendientes con el DMV?
Determinadas deudas impagas asociadas al vehículo constituyen un gravamen a favor del DMV. Esto significa que el monto adeudado queda vinculado al automóvil y puede ser utilizado por la agencia para exigir el pago.
Si la deuda continúa pendiente, el DMV puede incautar y vender el vehículo para recuperar los montos adeudados, de acuerdo con lo que establece el Código de Vehículos de California. Esta medida puede utilizarse únicamente en determinados casos previstos por la normativa.
¿Qué tipo de deudas pueden tener esta consecuencia, de acuerdo con el Código de Vehículos?
De acuerdo con el DMV, existen cinco tipos de obligaciones impagas que pueden derivar en un gravamen sobre el vehículo:
- Deudas de registro.
- Deudas por la licencia del vehículo.
- Deudas por transferencia.
- Multas de estacionamiento impagas.
- Impuesto sobre el uso.
En estas situaciones, el DMV puede recurrir al vehículo para intentar recuperar los montos adeudados.

El DMV podrá incautar y vender un vehículo para cobrar deudas: ¿cómo es el procedimiento?
En caso de que el DMV decida avanzar con esta medida, el proceso no es automático y requiere una serie de documentos y notificaciones formales.
Uno de ellos es el Aviso de Incautación y Venta (INV 57), que debe contar con los comprobantes de envío por correo certificado al propietario registrado y, si corresponde, al propietario legal o acreedor que figure en los registros del vehículo.
Para completar posteriormente la venta y el registro a nombre del comprador, también se exige documentación como:
- Solicitud de título o registro, Formulario REG 343.
- Verificación del vehículo, REG 31.
- Formulario REG 262 con la compraventa.
- Declaración del kilometraje.
- Certificado de emisiones, si corresponde.
- Pago de las tarifas adeudadas.
- Número del recibo de crédito del solicitante por el monto ofrecido en la compra.
¿Qué sucede con el dinero recaudado por la venta del vehículo?
El dinero obtenido se distribuye siguiendo un orden establecido por la Sección 9802 del Código de Vehículos.
En primer lugar, se cubren los gastos que tuvo el DMV para realizar la venta. Luego, el dinero se utiliza para pagar:
- Tarifas de registro y transferencia, junto con sus penalidades.
- Tarifas de licencia del vehículo, junto con sus penalidades.
- Impuesto sobre el uso, incluidos intereses y multas.
- Gravámenes perfeccionados de mecánicos.
- Otros intereses de garantía perfeccionados.
- Multas de estacionamiento, sus cargos administrativos y otras obligaciones judiciales que puedan ser cobradas por el DMV.
- Cualquier otra tarifa que haya quedado pendiente con el departamento.
En caso de que, tras cubrir todas estas obligaciones, quede dinero, el remanente debe entregarse a la persona cuyo derecho sobre el vehículo sea reconocido por el DMV.





