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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) es la entidad encargada de la recaudación fiscal en el país y de asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Este organismo posee la autoridad para imponer lassanciones correspondientes a aquellos contribuyentes que no cumplan con sus responsabilidades fiscales.

Las penalizaciones por no saldar las deudas fiscales dentro del plazo estipulado son diversas y pueden resultar severas. Si no se ha establecido un plan para liquidar los saldos pendientes, el siguiente paso que podría tomar el organismo es el embargo, mediante el cual se pueden incautar bienes del deudor, incluyendo su vivienda, para satisfacer la deuda.

En este sentido, el IRS ofrece a todos los contribuyentes información exhaustiva sobre los trámites que pueden realizar para evitar esta medida drástica, así como las condiciones que llevan a la decisión de proceder con el embargo.

Advertencia del IRS: Estrategias para salvaguardar tu hogar del embargo

Las autoridades advierten que "si no responde a los avisos de cobro de IRS y no trabaja con el IRS para resolver su deuda tributaria, el IRS puede embargar su propiedad".

Por este motivo, todas las personas que reciban una factura del IRS titulada "Aviso Final de la Intención de Embargo y sus Derechos a una Audiencia" deben contactar al organismo de inmediato, utilizando el número de teléfono que aparece en el aviso.

El IRS subraya la relevancia de no ignorar los avisos de cobro que se reciben, ya que al establecer comunicación con la entidad, es factible colaborar para crear un plan que beneficie a ambas partes y permita resolver el saldo pendiente.

Cuatro pasos clave para prevenir el embargo de tu vivienda por parte del IRS

El embargo se establece únicamente tras la verificación de los siguientes cuatro pasos, conforme a lo estipulado por el IRS:

  • El IRS determina el impuesto correspondiente y envía una factura al contribuyente.
  • La persona no cumple con el pago de sus impuestos.
  • El IRS envía un Aviso Final de Intención de Embargo y sus Derechos a una Audiencia al menos 30 días antes de imponer la penalización.
  • El IRS notifica con antelación que puede contactar a terceros (como bancos, empleadores, clientes o contadores) para recabar información sobre su situación fiscal.
El IRS puede llegar a embargar la vivienda a quienes no hagan correctamente esta gestión. Fuente: Archivo
El IRS puede llegar a embargar la vivienda a quienes no hagan correctamente esta gestión. Fuente: Archivo

Impacto de la confiscación de mi vivienda por parte del IRS

De acuerdo con la información oficial, el Código de Impuestos Internos (IRC) faculta la emisión de embargos para saldar impuestos morosos. Quienes se comuniquen de inmediato con el IRS para resolver la deuda y solicitar la liberación del embargo podrían evitarlo. Además, podrían liberarse de la penalización si el organismo considera que les causa un daño económico inmediato.

En caso de que el IRS le quite su vivienda u otra propiedad, se informa que dicha propiedad será vendida y las ganancias obtenidas, descontando los gastos de venta, se aplicarán a la deuda tributaria del contribuyente.

El IRS, tras emitir un aviso público, generalmente espera un mínimo de 10 días antes de vender su propiedad. Las ganancias de la venta cubren los costos de la remoción y venta de la propiedad, así como la deuda tributaria del contribuyente, según explica el organismo.

Antes de proceder con la venta, el organismo calcula una cantidad mínima para subastarla y proporciona al contribuyente una copia del cálculo, brindándole la oportunidad de impugnar el valor establecido.

Si queda un saldo a favor después de liquidar la deuda, el organismo determinará los procedimientos necesarios para gestionar un reembolso.