Más eslora para las embarcaciones
Por medio del decreto 188/2019, el gobierno autorizó un aumento en las esloras máximas de las embarcaciones para aplicar la exención de practicaje. Se pasó a 140 metros de los anteriores 120 metros pero manteniendo el calado máximo para la aplicación en 6,10 metros.
Esta medida refleja lo solicitado por las cámaras de armadores, Cammesa, YPF y demás empresas petroleras, pues el módulo de contratación de buques livianeros no excede dicha eslora.
La medida fue impulsada también por el Centro de Patrones de Cabotaje, desde donde se sostiene que las mejoras en la capacitación y formación de sus afiliados, así como la aplicación de nuevas tecnologías de navegación garantizan adecuados niveles de seguridad, los que a su vez impactan en la baja de costos.
Este decreto tendrá asimismo un positivo impacto a escala regional. El acuerdo bilateral de navegación con Paraguay, con la aplicación recíproca de nación más favorecida, permite a las embarcaciones de bandera guaraní de más de 120 metros aprovechar totalmente está reglamentación. Esto derivará en una baja estimada para las barcazas portacontenedores de aproximadamente 0.80 u$s por tonelada en el flete.
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