Ayuda económica

Cheque bebé de 100 euros hasta los tres años: ¿quiénes pueden solicitarlo y cuáles son los requisitos?

El objetivo es incrementar las prestaciones y los permisos retribuidos. ¿Cómo tramitarlo?

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El Gobierno español ha avalado la nueva ayuda de 100 euros por hijo. El respaldo económico forma parte de la Ley de Familias que está a cargo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

El objetivo es incrementar las prestaciones y los permisos retribuidos. De acuerdo con lo estimado por el Ministerio de Derechos Sociales, esta medida va a beneficiar a entre 200.000 y 250.000 nuevas madres.

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¿Quiénes pueden acceder al cheque bebe de 100 euros?

A diferencia del anterior, este cheque está dirigido para las familias que cuentan con descendientes de 0 a 3 años. De hecho, podrán acceder las mujeres que coticen 30 días a partir del parto, aunque previamente no cumplieran los requisitos.

El Ministerio de Derechos Sociales estima que esta medida va a beneficiar a entre 200.000 y 250.000 nuevas madres. Fuente: Pixabay 

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¿Cómo solicitar la ayuda de 100 euros al mes para la crianza?

La ayuda de 100 euros al mes para la crianza se puede pedir a través de estas vías:

De forma telemática: deberán asistir a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y tendrán que presentar el Número de Identificación Fiscal (NIF), el DNI electrónico o un navegador con certificado electrónico instalado.

Por teléfono: a través del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, los solicitantes tienen que llamar al teléfono gratuito 901 200 347.

Los solicitantes precisarán información respecto al NIF, número de cuenta bancaria, número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF, al igual que los datos del registro civil que se muestran en el libro de familia.

De forma presencial: el interesado o interesada tendrá que ir a cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentados. También podrá enviarse vía correo postal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Una vez que se hace el formulario se obtendrá un documento que tendrá que ir a las oficinas de la Agencia Tributaria, gestión que igualmente se puede realizar por teléfono (número gratuito 901 200 347) o vía telemática (requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve Pin).

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