Empleadas domésticas: se actualiza la escala salarial y HABRÁ AUMENTO ¿cuánto cobro en abril 2023?
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá el 28 de marzo en el Ministerio de Trabajo para definir la nueva escala salarial. ¿De cuánto será el aumento?
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) convocó a los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para definir una nueva escala salarial para empleadas domésticas.
La reunión, pautada para el próximo martes 28 de marzo, fue oficializada a través de la Resolución 1/2023 publicada en el Boletín Oficial.
"Convocase a los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 28 de marzo de 2023, a las Once horas (11:00 hs), en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece el documento.
La etapa de revisión tomará como parámetro el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que pasará a ser de $ 80.342 en abril.
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Cuánto cobra una empleada doméstica en abril 2023
Los/as trabajadores/as de casas particulares cobrarán la liquidación de marzo con el aumento del 4%, establecido en noviembre pasado. A continuación, la escala salarial:
CATEGORÍA | MONTO POR HORA CON RETIRO | MONTO POR HORA SIN RETIRO | MONTO POR MES CON RETIRO | MONTO POR MES SIN RETIRO |
Supervisora | $ 738 | $ 808 | $ 92.099 | $ 102.588 |
Personal para tareas específicas | $ 698 | $ 766 | $ 85.565 | $ 95.248 |
Caseros | $ 659 | $ 659 | $ 83.482 | $ 83.482 |
Cuidado de personas | $ 659 | $ 738 | $ 83.482 | $ 93.032 |
Personal para tareas generales | $ 611 | $ 659 | $ 75.075 | $ 83.482 |
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Casas particulares: ¿cuáles son las categorías de empleadas domésticas?
De acuerdo a legislación vigente para cada sector, las categorías de los/as empleados/as de casas particulares se subdividen en cinco grupos:
- Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;
- Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo;
- Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo;
- Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores,
- Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
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Empleadas domésticas: ¿qué pasa si desempeño tareas en más de una categoría?
El personal que realicé tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en aquella que efectué con mayor habitualidad.
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