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Dólar AFIP: paso a paso, cómo pedir la devolución del 35% y cuáles son las claves a tener en cuenta

Se puede pedir la devolución de la percepción impositiva por la compra de dólar ahorro o dólar tarjeta desde la página de la AFIP. ¿Cómo hacer?

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene habilitado el formulario para pedir la devolución de los impuestos que se cobran al comprar dólar ahorro o de realizar compras al valor del dólar tarjeta, en el que se puede tramitar el reintegro del 35% del valor que se pagó.

El dólar que se compra en los bancos o el valor del dólar tarjeta tienen incorporados un adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Esto además de otro porcentaje que corresponde a Bienes Personales, que se suman al valor de la cotización oficial y al Impuesto País que se aplicó al inicio del mandato de Alberto Fernández en diciembre de 2019.

Esta devolución del 35% o del 45% según corresponda al valor del dólar que se pague (en el caso del dólar tarjeta que es más alto) pueden tramitarla quienes no paguen ninguno de los impuestos o solo abonen uno. Y a quienes si paguen ambos, se le descontará la suma del reintegro en el pago de estos tributos.

Dólar AFIP: cómo pedir la devolución del 35% paso a paso y cuáles son las claves a tener en cuenta

Este pedido a la AFIP tiene un plazo de 5 años para poder realizarse, pero cada mes que pasa sin solicitarse, la inflación consume el poder adquisitivo del dinero que se adelantó en el pago de impuestos. Esta situación en la que no se actualiza el monto hace que cuanto más rápido se pida, menos se perderá.

¿CUÁLES SON LAS PERCEPCIONES INFORMADAS A LA AFIP?

  • Compra del dólar ahorro;
  • Compras con tarjeta de crédito;
  • Compra en moneda extranjera que se pague en pesos;
  • Adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo;
  • Adquisición de pasajes al exterior, entre otras

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA PEDIR LA DEVOLUCIÓN DEL 35%?

  • Poseer CUIT.
  • Poseer Clave fiscal, nivel 2 o superior.
  • Informar a la AFIP la CBU en la que te acreditarán los fondos a través del servicio "Declaración de CBU".
  • Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

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CÓMO pedir A AFIP LA DEVOLUCIÓN POR LA COMPRA DE DÓLAR AHORRO

Para solicitar la devolución hay que ingresar a la página de AFIP con clave fiscal, que se puede obtener por la app que posee el organismo. Luego es necesario desplegar los servicios que tiene en la web, y seleccionar "Devolución de percepciones".

PASO A PASO

Los requisitos son la Clave fiscal, el CUIT e informar cual es el CBU de la persona que lo solicita, también es necesario tener las deudas saldadas con el organismo y poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

  1. Ingresar con "Clave Fiscal" al servicio "Devolución de percepción"
  2. Seleccionar la opción "Nuevo" que se encuentra en el margen superior izquierdo, luego seleccionar el nombre y llenar los campos solicitados.
  3. El sistema mostrará el menú "Mis Retenciones" y allí se debe seleccionar las que se quiere solicitar la devolución.
  4. Una vez que se haya realizado la carga completa de datos, seleccionar el botón "Grabar", que se encuentra en el margen superior de la pantalla. Para finalizar la carga, presionar el botón "Presentar".
  5. Luego la AFIP confirmará la presentación y entregará un recibo.
  6. Para realizar el seguimiento de la solicitud de devolución, hay que ingresar con "Clave Fiscal" al Servicio "Mis Aplicaciones Web".
  7. Allí se puede buscar la presentación y realizar el seguimiento al hacer click en "Presentado".
Dólar AFIP: cómo pedir la devolución del 35% paso a paso y cuáles son las claves a tener en cuenta

¿QUÉ TRAMITE TENGO QUE HACER? ¿COMPLETO O UNO POR CADA MES?

El trámite que debe realizarse es por cada mes en los que se aplicaron las percepciones. "Si te practicaron percepciones en los 12 meses de 2022 y querés solicitar la devolución de todas las percepciones, vas a tener que presentar 12 solicitudes de devolución, una por cada mes", detalla el tributarista Sebastián Domínguez.

CÓMO DEBO PROCEDER SI LA AFIP ME RECHAZA EL TRÁMITE DE DEVOLUCIÓN DEL 35%

Se podrá presentar un recurso de apelación ante la Dirección General Impositiva, que está previsto en el artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.

COBRO DE LAS PERCEPCIONES: ¿CÓMO SE PAGAN?

Si la AFIP aprobó el trámite, se realizará la acreditación en la CBU que los contribuyentes informaron al momento de completar el trámite.

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