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SEPE: ¿cuándo cobro el paro en febrero de 2023?

El sistema nacional de empleo ha confirmado las fechas de cobro. ¿Cómo quedaron?

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha confirmado las fechas de cobro de febrero del 2023 para las personas que se encuentran en situación de desempleo.

Los solicitantes tendrán un aumento en sus cuantías luego que el Gobierno de España ha aprobado un aumento del 11,4% en el gasto de la Seguridad Social, a lo que se junta con el alza del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en un 3,5%.

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¿Cómo quedan los importes máximos y mínimos de los desempleados este 2023?

  • Importe mínimo sin hijos: 560 euros mensuales.
  • Importe mínimo con uno o más hijos: 749 euros mensuales.
  • Importe máximo sin hijos: 1.225 euros mensuales.
  • Importe máximo con un hijo: 1.400 euros mensuales.
  • Importe máximo con dos o más hijos: 1.575 euros mensuales.

SEPE: ¿banco por banco, ¿CUÁNDO COBRO EL PARO EN FEBRERO DE 2023?

El SEPE abonará el pago por desempleo entre los días 10 y 15 de cada mes. Sin embargo, algunas entidades bancarias anticiparán el pago a sus clientes entre los días 5 y 10 de cada mes.

  • Abanca: entre el 10 y el 14 de enero.
  • Banco Sabadell: el 7 de enero.
  • Banco Santander: el 4 de enero.
  • BBVA: el 10 de enero.
  • Caixabank: entre el 10 y el 12 de enero.
  • Cajamar: entre el 10 y el 14 de enero.
  • Ibercaja: el 5 de enero.
  • Imaginbank: el 10 de enero.
  • ING: entre el 10 y el 14 de enero.
  • Openbank: el 3 de enero.
  • Unicaja: el 9 de enero.

¿Cómo solicitar el paro?

Las personas que se encuentren en situación de desempleo deberán presentar la solicitud en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno del extranjero o a la excarcelación en:

  • La sede electrónica del SEPE
  • En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

¿Cuáles son los requisitos para pedir el paro?

  • Estar afiliada o afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo;
  • Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La solicitud incluye el compromiso de actividad;
  • Estar anotado como solicitante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación;
  • Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar;
  • No tener la edad suficiente para jubilarse;
  • No hacer actividades de forma autónoma a tiempo completo, al menos que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo;
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

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