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Dólar: AFIP publicó las primeras fechas de devolución de percepciones

Los contribuyentes que accedieron a la compra de la divisa extranjera y no se encuentren inscriptos en Ganancias o Bienes Personales, pueden consultar la acreditación efectiva de reintegro del 35% del valor abonado.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) activó el pago de la devolución de percepciones del 35% para el conjunto de contribuyentes que accedieron a la compra de dólares o quienes realizaron gastos en monedas extranjeras, según la Resolución 4815.

De acuerdo al reporte del sitio infoviajera.com, el ente recaudador avanzó esta semana con la acreditación de los fondos en las cuentas bancarias de los ahorristas que no se encuentren inscriptos en Ganancias o Bienes Personales. 

"Tal cual era pensado que sucediera, al otro día de la fecha del pago que figuraba en AFIP, comenzaron a aparecer los montos en los bancos", detalló el portal.

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Instructivo: cómo saber si AFIP ya realizó la devolución de percepciones

El contribuyente que haya presentado una solicitud de devolución ante la AFIP, podrá activar el seguimiento hasta su culminación, a través del servicio "Devolución de percepciones".

La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles o verificaciones posteriores realizados por el ente recaudador. En caso de no ser superados, se comunicará la situación al contribuyente mediante Domicilio Fiscal Electrónico y la solicitud se considerará "improcedente".

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Cuánto tarda la AFIP en devolver las percepciones 


El monto de las solicitudes aprobadas por la AFIP en carácter de percepciones será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria oportunamente informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

Acorde a la ley de Procedimientos Administrativos, la devolución de los fondos deberá ser en un plazo de 60 días.

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