NUEVAS ESCALAS

Monotributo AFIP: nuevo plazo para hacer la recategorización, todas las escalas y plazos

Desde el 1° de enero comenzaron a regir las nuevas escalas del Monotributo, por lo cual los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda: ¿Hasta cuándo?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para que los monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022.

Así lo dispuso la entidad a través de la Resolución General N° 5318/23, publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de su titular, Carlos Castagneto: "Prorrogar hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido en el artículo 20 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y sus complementarias, a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022".

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Monotributo AFIP 2023: cómo hacer la recategorización con las nuevas escalas, plazos y requisitos

Según indica la resolución de AFIP, la decisión de extender una semana más la recategorización de los mnonotributistas se tomó por "razones de administración tributaria" que "aconsejan extender el plazo establecido" para el trámite. Cabe señalar que desde el

 Cabe señalar que desde el 1° de enero ya rigen las nuevas escalas, por lo cual los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda según la actualización.

Carlos Castagneto, titular de la AFIP, extendió el plazo para recategorizarse en el monotributo.

 Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

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Para realizar la recategorización, los contribuyentes deberán entrar al sitio de AFIP en Internet e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal. Allí, deberán seleccionar la opción "Recategorizarme", y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Por último, al seleccionar la opción "Continuar recategorización", deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que deberá ser confirmada en la opción "Confirmar categoría".

MONOTRIBUTO AFIP 2023: LOS NUEVOS TOPES MÁXIMOS DE LAS DISTINTAS CATEGORÍAS

Desde enero 2023, los nuevos topes anuales de cada una de las categorías en base a los ingresos brutos son:

  • Categoría A: $ 999.657 anuales o $ 83.305 por mes.
  • Categoría B: $1.485.976 anuales o $ 123.831 por mes.
  • Categoría C: $ 2.080.367 anuales o $ 173.363 por mes.
  • Categoría D: $ 2.583.720 anuales o $ 215.310 por mes.
  • Categoría E: $ 3.042.435 anuales o $ 253.536 por mes.
  • Categoría F: $ 3.803.043 anuales o $ 316.920 por mes.
  • Categoría G: $ 4.563.652 anuales o $ 380.304 por mes.
  • Categoría H: $ 5.650.236 anuales o $ 470.853 por mes.
  • Categoría I: $ 6.323.918 anuales o $ 526.993 por mes
  • Categoría J: $ 7.247.514 anuales o $ 603.959 por mes.
  • Categoría K: $ 8.040.721 anuales o $ 670.060 por mes.
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