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Procrear 2: cómo me inscribo y cuáles son los requisitos para acceder a las viviendas

El programa Procrear ya abrió la inscripción para 26 emplazamientos de desarrollos urbanísticos. Conocé dónde inscribirte y cómo hacerlo.

El plan Procrear II ya abrió la inscripción para todos aquellos postulantes que busquen habitar una de las viviendas de Desarrollos Urbanísticos, hechas por el Gobierno.

Tal como detallan desde el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, el objetivo de este programa es brindar acceso a créditos hipotecarios para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos.

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Para esta nueva edición de Procrear, el Gobierno tiene disponible más de 30 mil viviendas en todo el país. Las inscripciones estarán habilitadas para los predios de General Lagos, en Santa Fe, Roque Sáenz Peña en Chaco y San Martín II, en Buenos Aires.

Por el momento, los desarrollos urbanísticos disponibles y con inscripción abierta son 25. Las entregas de las casas propias se harán en todo el país y el plazo máximo de pago es de 30 años. Además, el crédito hipotecario otorgado por el Gobierno es a tasa cero.

¿Hasta cuándo hay tiempo de inscribirse al Procrear?

La inscripción Procrear 2 está abierta desde el 1 de noviembre, hasta el 15 de noviembre.  

Procrear II: ¿cómo anotarse en el formulario de inscripción?

El formulario consta de 4 pasos. En el primero, la página web oficial llama a los postulantes al sorteo a completar los siguientes datos personales: código postal de lugar de residencia, desarrollo urbanístico al que se desea aplicar, provincia, ciudad, el CUIL o CUIT, género, tipo de documento, número de documento, número de trámite y estado civil. 

¿Dónde inscribirse?

Los postulantes podrán acceder a través del siguiente enlace: extranet.hipotecario.com.ar/procrear/dduu/procrear2/

Los predios de Desarrollos Urbanísticos abiertos para inscribirse


  • Buenos Aires - San Martín
  • Córdoba - Alejandro Roca
  • Corrientes - Corrientes
  • Santa Fe - Estación Cambios / Parque Federal
  • Buenos Aires - Bahía Blanca
  • Buenos Aires - San Antonio de Areco
  • Salta - Tartagal
  • Córdoba - Barrio Liceo
  • Buenos Aires - Carmen de Patagones
  • Misiones - Posadas
  • Mendoza - Maipú
  • Buenos Aires - San Nicolás
  • Mendoza - Mendoza Capital
  • Córdoba - San Francisco
  • Neuquén - Zapala
  • Mendoza - San Martín
  • Entre Ríos - Paraná
  • Santa Cruz - Río Gallegos
  • Mendoza - La Dormida
  • Buenos Aires - Merlo
  • Mendoza - San Rafael
  • Mendoza - Malargüe
  • Santa Fe - Rafaela
  • Buenos Aires - Canning

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¿Cuáles son los requisitos para inscribirse al Procrear?

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.

  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.

  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.

  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente -tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente- entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.

  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.

  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

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