Por desempleo

Subsidio extraordinario SED del SEPE: requisitos para pedirlo y cuánto se cobra

Fue creado en 2018 para sustituir al Plan Prepara y al PAE y continúa en vigor a día de hoy.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una serie de subsidios y ayudas para aquellas personas que hayan dejado de cobrar el paro.

Uno de ellos es el subsidio extraordinario por desempleo, conocido como SED del SEPE. Fue creado en 2018 para sustituir al Plan Prepara y al PAE y continúa en vigor a día de hoy.

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Quiénes pueden solicitar el SED

De acuerdo con la información del SEPE, pueden acceder las personas en situación de desempleo total que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previstos en el artículo 274 de TRLGSS a partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el 01/03/2018 y el 04/07/2018.

  2. Sean personas paradas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018. 


Es importante aclarar que se considera "persona parada de larga duración" a quienes hayan permanecido inscritos como demandantes de empleo durante, al menos, 360 días en los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario. 

Por otra parte, también es necesario acreditar los siguientes requisitos:

  •  No contar con rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

  • No haber percibido la ayuda de acompañamiento del Programa de Activación para el Empleo previamente.

  •  No estar trabajando por cuenta ajena en la fecha de la solicitud de la ayuda.

De cuánto es el SED

La cuantía de esta ayuda es de 463,21 euros: el equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

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Cuándo puede solicitarse este subsidio

La duración máxima del cobro de este subsidio es de 180 días. Además, hay que aclarar que no puede percibirse en más de una ocasión. Por lo que si se ha percibido con anterioridad no podrá volver a solicitarse pese a encontrarse en situación de desempleo.

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