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Alivio Fiscal: cuáles son los beneficios que dispuso la AFIP y cuántos contribuyentes ya los reciben

Más de 1,3 millones de contribuyentes ya acceden a los beneficios que estableció la Administración Federal de Ingresos Públicos en el marco del Alivio Fiscal. Cómo adherir a los diversos incentivos fiscales.

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El impacto de la pandemia de Covid-19 en la actividad económica y en ese sentido la Ley de Alivio Fiscal es una tabla de flotación para muchas compañías, en especial para las pequeñas y medianas empresas.

Según datos proporcionados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hasta el momento más de 1,3 millones de contribuyentes ya accedieron a alguno de los distintos beneficios que dispone la norma.

Alivio Fiscal: hasta cuándo extiende plazos la AFIP para adherir a la moratoria y condonación de deudas

La iniciativa tiene por objetivo facilitar el acceso de más empresas y personas a la moratoria, además de otorgar ventajas para contribuyentes cumplidores y conceder la condonación de deudas.

La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, impulsó la batería de incentivos para que las empresas regularicen su situación con el fisco. 

A tal fin, la AFIP extendió los plazos para hacer la solicitud y adherirse. La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 29 de abril.
Hasta el 31 de marzo unos 240.000 contribuyentes accedieron al beneficio para regularizar deudas por más de $ 244.000 millones.

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El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas vencidas al 31 de agosto de 2021.

Cuántos son los beneficiarios, caso por caso

Según cifras suministradas por la AFIP, difundidas este jueves por la agencia Télam, hasta el 31 de marzo más de 752.000 monotributistas, y micro y pequeñas empresas accedieron a los beneficios dispuestos para contribuyentes cumplidores. 

Además unos 378.000 ya accedieron a la condonación de deudas por un total de $8650 millones, mientras que más de 240.000 contribuyentes se adhirieron a la moratoria, con el fin de regularizar más de $244.000 millones.

Cuáles son los nuevos plazos fijados por  AFIP

Por otra parte, el organismo recaudador otorgó más plazo para que los contribuyentes puedan acceder a estas herramientas. Así, la adhesión a la moratoria está abierta hasta el 29 de abril, en tanto que la condonación de deudas y el beneficio para contribuyentes cumplidores se podrá pedirse hasta el 18 de abril.

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En el caso de los monotributistas, pueden lograr la eximición del componente impositivo del pago mensual, que se tomará a partir del período fiscal mayo de 2022. Hay que aclarar, sin embargo, que este beneficio varía de acuerdo con cada categoría del monotributo.

Para el resto de personas humanas y sucesiones indivisas se establece una deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Este beneficio se aplicará en la declaración jurada correspondiente a 2021.

En cuanto a las micro y pequeñas empresas, la ley prevé realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 11 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022. 

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Para adherir a este incentivo hay que ingresar al sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar) hasta el 18 de abril.

Cómo es el perdón fiscal

La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.  

Con datos consolidados hasta marzo pasado, más de 378.000 contribuyentes entre bibliotecas populares, clubes de barrio y monotributistas, entre otros, accedieron al beneficio por un total de $ 8.650 millones. El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal fue fijado el 18 de abril.

En el caso de los monotributistas, pequeños contribuyentes, así como micro y pequeñas empresas, es preciso contar con el Certificado Mipyme y sumar deudas inferiores a los $100.000.

La solicitud debe ingresarse a través del sitio web de la AFIP, ir al servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653" con clave fiscal nivel de seguridad 3. 

Si la AFIP detecta inconsistencias o falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán expresar su disconformidad.



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