La Corte interviene en una demanda contra Google y define si existe el "derecho al olvido"

El máximo tribunal oyó este jueves exposiciones de entidades interesadas en opinar sobre una causa en la que una figura mediática exige al motor de búsqueda desindexar contenido relativo a su pasado.

En un tema trascendencia de aquí en adelante, la Corte Suprema de Justicia de la Nación comenzó este jueves a recabar elementos para resolver si acaso las personas tienen "derecho al olvido" en Internet y determinar así la responsabilidad que le compete a los motores de búsqueda en la recopilación de información.

El máximo tribunal, compuesto por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, escuchó las ponencias de organizaciones y letrados interesados en expresarse al respecto en calidad de "amigos del tribunal". Este viernes será el turno de la exposición de las partes en litigio: por un lado, la empresaria Natalia Denegri, que reclama contra el buscador de Google para que éste desvincule su nombre de contenidos de la década del '90 en los que tuvo apariciones como figura mediática vinculada al llamado "Caso Coppola".

 Entre los expositores de la primera jornada aparece el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), la Fundación LED, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC), la Asociación de Entidades Periodísticas (Adepa), y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.  

Denegri reclama que Google deje de aportar información que ella pretende dejar en el pasado. 

Al hacer uso de la palabra, Adepa expresó su "preocupación y rechazo con los criterios de resolución de esta causa", entendiendo que "la afectación de su intimidad y a su identidad que pudiera derivarse del mal funcionamiento de los buscadores debe encontrar una solución distinta a las sentencias dictadas en esta causa", por entender que "se trata de información periodística de una persona pública que participó de programas televisivos" y que "sigue siendo una figura pública", por lo que se expresó en contra de la desindexación de los datos. 

En tanto, la defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, María Rosa Muiños, estimó que "se debe garantizar a toda persona el derecho a la rectificación, actualización y, cuando corresponda, la supresión" de información incorrecta, y propuso a la Corte "dar solución al presente caso". 

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez también participó de la audiencia y consideró que debe darse lugar al "derecho al olvido digital", que intenta que "aquello que fuimos no nos obstaculice ni nos determine para siempre", obviando el carácter dinámico del principio de autonomía.

En este contexto, la parte demandada, Google, aseguró valorar la oportunidad que brinda la Corte Suprema de debatir públicamente un fallo que, a su juicio, "limita el derecho a la información y la libertad de expresión"

Las sentencias de instancias anteriores, sostiene la compañía, "restringe el acceso a contenido periodístico, artístico o humorístico de carácter legal que involucra a una persona que fue y es pública por su propia voluntad y se relaciona con un caso judicial de interés público". 

Para el motor de búsqueda, el material forma parte del acervo cultural más allá de la valoración subjetiva que se haga sobre su calidad. Es imprescindible analizar en profundidad el alcance de este tipo de decisiones judiciales, por las que millones de usuarios podrían ver limitadas sus posibilidades de buscar y obtener información lícita a través de Internet."

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