Se mantiene el cepo

El Gobierno impone nuevas condiciones a importadores para acceder a dólares

El BCRA se sumará al proceso de otorgamiento de SIMI. Comienzan a regir nuevos criterios para obtener divisas en el mercado de cambios para compras al exterior. Cuáles son

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El Banco Central (BCRA) se incorporará al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y establece nuevas condiciones de acceso al mercado de cambios oficial para abonar compras del exterior. 

Esta decisión se toma tras las quejas de los importadores que vieron mermada su capacidad de realizar compras en el exterior a comienzos de año. En la práctica, esta decisión implica más restricciones para los importadores porque si quieren adquirir divisas por montos que superen en un 5% los de 2021 deberán conseguir financiamiento a 180 días.

La decisión fue aprobada por el directorio del Banco Central para "ordenar el proceso de pago de las importaciones". De esta forma, la autoridad monetaria tendrá la posibilidad de asignar en el sistema una categoría específica vinculada con la forma de acceder al mercado de cambios. 

El Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son los encargados de otorgar los permisos. Pero de ahora en más, el BCRA establecerá las categorías para poder acceder al mercado de cambios. 

Esta medida se suma a la anunciada esta tarde por la Comisión Nacional de Valores (CNV), por la cual se dispuso una flexibilización del cepo cambiario y se eliminó el cupo semanal para la liquidación de títulos de deuda soberanos denominados en dólares bajo legislación local en moneda extranjera.

Nuevas restricciones

El BCRA asignará a las SIMI una categoría A, que mantiene para las operaciones asociadas el mismo tratamiento que hasta la fecha, y una categoría B, que conlleva que las importaciones de bienes asociadas deban ser financiadas como mínimo a un plazo de 180 días corridos a contar desde el registro del ingreso aduanero de los bienes a la Argentina. 

"La participación del BCRA se limitará a la asignación de una categoría, A o B, que define el mecanismo de acceso al mercado para el importador que obtuvo el permiso correspondiente", destacó el Central en un comunicado.  

"También se mantendrá el acceso al mercado de cambios en las mismas condiciones que existen para las importaciones de bienes de capital, las importaciones de bienes relacionados con las necesidades derivadas de la actual situación sanitaria asociada al COVID-19, las importaciones temporales de bienes con el objeto de su posterior exportación y las importaciones de bienes sujetas a licencias no automáticas", remarcó el BCRA. 

Cómo el BCRA habilitará  acceso a dólares

El BCRA habilitará el acceso al mercado de cambios a un importador para las SIMI categoría A por el equivalente al menor de los siguientes dos montos: 

  • el valor FOB de sus importaciones del 2021 más el 5% de dicho valor
  • el valor FOB de sus importaciones del 2020 más un 70% de dicho valor.


En el cálculo del valor FOB de las importaciones para 2020 y 2021 se tomarán en cuenta las importaciones que constan a nombre del importador en el sistema SEPAIMPO que le otorgaron acceso al mercado de cambios, detalló el Central. 

Además, el BCRA informó que el límite se fijará en el equivalente a u$s 50.000 para los nuevos importadores u otros para los cuales el cálculo anterior no alcanza dicho valor.

"Si la SIMI autorizada es por un monto superior a la posibilidad de acceder al mercado de cambios para el pago, el importador tendrá la posibilidad de buscar financiamiento por la diferencia a un plazo mínimo de 180 días", destacó el BCRA. 

"Los coeficientes seleccionados se estima que permitirán, por un lado, que aquellos importadores que durante el año 2021 mostraron un comportamiento para sus compras al exterior alineado con la recuperación de la actividad económica asociada a la mejoría en la situación sanitaria, puedan continuar acompañando el crecimiento durante 2022", explicó el BCRA. 

El Directorio del BCRA también dispuso mantener hasta fin de año las condiciones de acceso al mercado aplicables a pagos de importaciones, la conformidad previa para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior con acreedores vinculados y las normas en materias de refinanciación de pasivos externos. 

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