Fintech en alerta

El Banco Central establece nuevos requisitos para las billeteras virtuales

Con el fin de evitar fraudes, deberán obtener un certificado de registro y cumplir con ciertas medidas para poder operar. Cuáles son

En esta noticia

El Banco Central estableció que las billeteras virtuales deberán obtener una certificación del Registro de Billeteras Digitales Interoperables para poder dar el servicio de pago con transferencia mientras que los Prestadores de Servicios de Pago (PSP) y entidades financieras deberán cumplir nuevos requisitos técnicos, con el objetivo de mitigar el fraude en las operaciones. 

"Los requisitos técnicos complementan y refuerzan las medidas de seguridad previamente adoptadas por esta institución y se basan en la necesidad de interacción entre las billeteras y los proveedores de cuentas (bancarias o de pagos), con el fin de gestionar el consentimiento del cliente para vincular su cuenta a la billetera donde desee operar", destacó el BCRA en un comunicado. 

De esta forma, a partir de ahora se agrega un proceso técnico de seguridad a la ya implementada autenticación del cliente y autorización ante instrucción de pago.

Nuevo registro para billeteras 


El servicio de "billetera digital", también conocido como "billetera electrónica" o "billetera virtual", es el ofrecido por una entidad financiera o PSP a través de una aplicación en un dispositivo móvil o en un navegador web que debe permitir, entre otras transacciones, efectuar pagos con transferencia (PCT) y/o con otros instrumentos de pago, tales como tarjetas de débito, de crédito, de compra o prepagas. 

Las entidades financieras y los PSP que presten el servicio de billetera digital deberán arbitrar mecanismos para detectar actividades sospechosas o inusuales de las personas usuarias tendientes a mitigar el riesgo de fraude.

A partir de mayo próximo, los administradores de esquemas de transferencias inmediatas en ningún caso podrán habilitar a un aceptador a recibir pagos con transferencia iniciados con códigos QR, si no han constatado que dichos códigos pueden ser leídos por todas las billeteras digitales inscriptas en el citado registro del Banco Central. 

Contra el fraude

Además, se establecieron pautas para la prevención y gestión del fraude para cada uno de los participantes de los esquemas de transferencias que tienen por objetivo responder a los reclamos de los clientes, avanzando sobre la trazabilidad de las operaciones presumiblemente fraudulentas y respetando la confidencialidad. 

"La nueva norma está alineada con las recomendaciones del Banco Internacional de Pagos (BIS) que, en el documento CPMI Fast payments - Enhancing the speed and availability of retail payments, advierte sobre los principales riesgos que se deben analizar al implementar sistemas de pago inmediatos, en particular el riesgo operacional que incluye los riesgos de ciberseguridad y el riesgo de fraude", especificó el BCRA. 

"También se consideraron los antecedentes de organizaciones públicas y privadas que ofrecen productos y servicios para implementar esos sistemas, entre ellos: Banco Central de México, Banco de España, NPCI India, Banco Central de Brasil y otros actores de la comunidad internacional", agregaron. 

Desde el Banco Central destacaron que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) tendrán 180 días desde la emisión de la norma para ajustar sus sistemas a esta normativa

Uno por uno, cada requisito


Según pudo averiguar El Cronista, las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) deberán: 

  • Habilitar los medios técnicos para que el cliente titular del servicio de billetera digital al momento del enrolamiento de una cuenta a la vista o de pago pueda brindar su consentimiento en forma simple e inmediata
  •  Verificar en la autorización de toda instrucción de pago ordenada por el cliente a través del servicio de billetera digital, que el consentimiento brindado se encuentra vigente
  • Brindar al cliente ordenante la posibilidad de establecer parámetros de uso de los servicios de billetera digital (por ejemplo: límites de montos por periodos y cantidad de operaciones). Y la posibilidad de visualizar y modificar esos parámetros de manera sencilla e inmediata, especialmente ante sospecha de fraude por parte del cliente.

    Por otro lado, por orden del BCRA, cada esquema de transferencias inmediatas deberá: 
  •  Tener identificadas las responsabilidades de cada participante del esquema y la relación con los demás esquemas involucrados para la gestión del fraude. 
  • La atención al cliente para reclamos por fraude deberá recaer en el proveedor de la cuenta afectada (entidad financiera o PSPCP).•
  • Apoyar sus análisis de fraude con herramientas que permitan identificar patrones sospechosos y contemplar acciones en coordinación con los participantes de los esquemas involucrados (por ejemplo: alertar al cliente ordenante y/o requerirle confirmación por vías alternativas antes de cursar la transacción).
  • Establecer procedimientos para resolución de reclamos que permitan una gestión planificada, coordinada entre los participantes de los esquemas de pago involucrados, oportuna para la atención y respuesta a los reclamos de pagos no autorizados, fraudulentos, erróneos, no concretados, etc. efectuados por los clientes

Temas relacionados
Más noticias de billeteras virtuales

Las más leídas de Finanzas y Mercados

Destacadas de hoy

Cotizaciones

Noticias de tu interés

Compartí tus comentarios

¿Querés dejar tu opinión? Registrate para comentar este artículo.