Inflación

Medicamentos: acuerdo de precios reversionado incluye 85 'moléculas' y cómo los cubrirán obras sociales y prepagas

Una nueva versión del acuerdo de precios de medicamentos, que venció el viernes 7 de enero, entra en vigencia. El Gobierno y los laboratorios decidieron no renovar el programa anterior tal como estaba armado, sino armar una lista de 85 moléculas con precios de referencia y con precisiones sobre la cobertura que tendrán las obras sociales y prepagas sobre esos valores

Una nueva versión del acuerdo de precios de medicamentos, que venció el viernes 7 de enero, entra en vigencia. El Gobierno y los laboratorios decidieron no renovar el programa anterior tal como estaba armado, sino armar una lista de 85 moléculas con precios de referencia y con precisiones sobre la cobertura que tendrán las obras sociales y prepagas sobre esos valores.

Esta nueva versión es 'más cómoda' para los laboratorios, tanto para los líderes del mercado como para los conocidos como fabricantes de genéricos, que también tienen la promesa de incentivar sus ventas en farmacias. 

Tienen precios de referencia (ponderados por el volumen del mercado y en base al IPC y la evolución de los salarios), una actualización mensual y el pedido del Gobierno de contener alzas, pero al final una mayor flexibilidad. 

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A la vez, el sector se asegura que prepagas y obras sociales se hagan cargo del 70% del precio de referencia de ese medicamento, no importa cuánto cuesta al público en la presentación de cada laboratorio. Un guiño para el sistema de Salud privado, en pleno conflicto por la advertencia de un alza fuerte en sus costos que no logran compensar.

Así, si el medicamento tiene un precio de referencia de $100 y se vende al público a $100, la prepaga pagará $70 y el afiliado $30. Si el medicamento cuesta $130, la prepaga pagará $70 y el afiliado $60.    

 La Resolución 27/2022 del ministerio de Salud publicada en el Boletín Oficial y sus dos anexos, explican la nueva medida e informan la lista de moléculas. 

Cómo se fijan los valores de referencia

  1. El precio de referencia en cada caso se estimará mediante un promedio de los precios de venta al público ponderados por las cantidades demandadas de cada producto. 
  2. Las ponderaciones correspondientes a la demanda serán estimadas mediante las participaciones del último semestre disponible. 
  3. Los precios de referencia se actualizarán de forma mensual de acuerdo a la suba porcentual del promedio simple del índice de salarios y el índice de precios al consumidor elaborados por el INDEC, en cada caso el último disponible. 
  4. Los precios de venta al público para la estimación serán obtenidos del Vademécum Nacional de Medicamentos de ANMAT y se utilizará el último precio disponible publicado.

Las 85 moléculas incluidas en el acuerdo 

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