70% DE AUMENTO

Beneficio ANSeS AFIP: dónde comprar para recibir hasta $ 2400 de reintegro y a quienes aplica la nueva ampliación

A falte del IFE y el bono de $ 15.000, 1.3 millones de titulares de la ANSeS podrán acceder a partir del mes entrante a un nuevo beneficio ampliado: el reintegro del 15% para sus compras con tarjetas de débito, cuyo tope ha sido ampliado hasta un 70%.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la prórroga y ampliación del Reintegro para sectores vulnerados, el plan de descuentos en alimentos y bebidas no alcohólicas al que los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo (AxE) y los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) que cobran el haber mínimo pueden acceder a través de sus tarjetas de débito.

Esta herramienta consiste en una bonificación del 15 % del monto total de todas las compras realizadas en comercios minoristas o mayoristas y se enmarca en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, sancionada a finales del 2019.

Hasta el anuncio, el monto máximo de reintegro por mes era de $ 700, mientras que este ascendía a $ 1400 para quienes perciben dos o más AUH o AxE, o jubilados que también perciben una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo.

Sin embargo, desde el Gobierno anticiparon que el organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont actualizará en un 70% el tope de los consumos para las devoluciones. Es decir que, a partir de este jueves 1 de julio, el reintegro mínimo pasará a ser de $ 1200 mientras que el máximo cerrará en $ 2400.

Por otro lado, a partir de esta actualización también se sumará a los gastos en farmacias al programa, un punto especialmente importante para los jubilados y pensionados, y se prorrogará el beneficio hasta fin de año, luego de que la titular de AFIP anunciara su extensión por otros tres meses hace unas semanas.

"La recuperación de los ingresos reales de las familias es un objetivo central de la política económica. En esa lógica se inscribe esta ampliación del reintegro para las compras realizadas con tarjeta de débito, que comenzará este jueves 1 de julio y se extenderá hasta fin de año", anunció el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Se estima que esta medida alcanzará al consumo de 1.3 millones de argentinos, todos titulares de ciertos haberes de la ANSeS. Su objetivo es el de seguir cubriendo a estos sectores vulnerables ante la pandemia a falta del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), el bono de $ 10.000 otorgado a 9 millones de individuos durante los meses de cuarentena más estricta, y la más reciente asistencia de $ 15.000 otorgada entre abril y mayo a ciertos titulares de la ANSeS.

De esta forma, pueden acceder al beneficio del Reintegro a sectores vulnerados:

  • Personas jubiladas que perciban el haber mínimo
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo
  • Titulares Asignación por embarazo para protección social
  • Personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima
  • Personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima

El sistema funciona únicamente al pagar con las tarjetas de débito vinculadas a la cuenta bancaria en la que se perciben los haberes de parte de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS). De esta forma, el reintegro deberá acreditarse de forma automática entre las 24 y 48 horas hábiles posteriores a la compra con esta misma.

También se incluyen las transferencias a través de tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato como así también los pagos realizados a través de códigos de respuesta rápida.

Tal como especifica la AFIP: "Las compras realizadas entre las 00:00 horas y las 17:00 horas, harán efectivo el reintegro dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la compra. Aquellas posteriores a las 17:00 horas, obtendrán el reintegro dentro de las 48 horas hábiles después de hecha la compra".

¿QUÉ PRODUCTOS CUBRE EL REINTEGRO?

El reintegro del 15% alcanza a aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta por menor o por mayor en mini, super e hipermercados, kioscos, almacenes, entre otros, que realicen venta de productos alimenticios únicamente y se encuentren inscriptos ante la AFIP.

Es importante resaltar este último punto ya que, si el comercio no se encuentra inscripto ante la AFIP, no se podrá realizar el reintegro.

¿LAS COMPRAS CON LA TARJETA ALIMENTAR APLICAN?

No, las compras realizadas con la Tarjeta Alimentar no están alcanzadas por el beneficio del reintegro a sectores vulnerados. Sin embargo, ciertos titulares de la Tarjeta Alimentaria (como AUH y AxE) podrán acceder a los descuentos al utilizar la tarjeta de débito donde se percibe la asignación que los avala a recibir el monto de la tarjeta, pero no resultarán beneficiados directamente a través de esta.

Para consultar si una persona es beneficiaria del reintegro debe ingresar la CUIL en https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

¿QUIENES NO PUEDEN ACCEDER?

No podrán acceder al beneficio del reintegro quienes:

  • Superen el haber jubilatorio mínimo.
  • No sean beneficiario/a de la AUH o Asignación por embarazo
  • Trabajen en relación de dependencia o como autónomo
  • Tengan ingresos declarados en el impuesto a las ganancias
  • Sean monotributistas, excepto los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A
  • Tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única
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