Anticipo exclusivo

El Gobierno prorrogará hasta el 31 de diciembre la prohibición de despidos y suspensiones

Según pudo saber El Cronista, la medida se formalizará en los próximos días a través de un DNU que será publicado en el Boletín Oficial. Los detalles de la normativa.

El Gobierno prorrogará hasta el 31 de diciembre la prohibición de despidos y suspensiones, establecida en el marco de la pandemia del coronavirus. Según informaron fuentes del Ministerio de Trabajo a El Cronista, la medida se publicará "a partir del lunes" con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín oficial.

"Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", indica el artículo 2 del borrador del decreto, al que accedió este medio.

En tanto, el artículo 3 establece: "Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".

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De acuerdo con el documento, los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2 y en el primer párrafo del artículo 3 del decreto, no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

"El texto es este, no va a cambiar", aseguraron desde el Ministerio de Trabajo al ser consultados sobre las posibilidades de que se modifique la normativa.

Entre los considerandos de la medida, el Gobierno hizo hincapié en que la segunda ola de Covid-19 que azota a la Argentina "debe ser acompañada por medidas acordes que contemplen la protección de la salud de la población y coadyuven a morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre el empleo".

En contextos excepcionales "que ponen en riesgo el propio tejido del sistema de relaciones laborales", se deben "adoptar medidas robustas de mayor intensidad", aseguraron las autoridades nacionales.

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El DNU, además, sostiene que resulta "necesario" prorrogar aquellas medidas "que resguardan los puestos de trabajo", como herramientas de política laboral indispensables para la protección de las trabajadoras y los trabajadores, asegurándoles que esta crisis excepcional no les hará perder sus puestos de trabajo.

Según el artículo 7, el decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

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