Segunda ola

Restricciones se extienden por DNU: ¿qué se puede hacer y qué no?

Extenderá las medidas sanitarias hasta el próximo 25 de junio, mientras aguarda que el tratamiento de la ley de "Emergencia Covid". El detalle de los parámetros que estableció el DNU.

El presidente Alberto Fernández anunció hoy la prórroga del Decreto de Necesidad y Urgencia con medidas sanitarias hasta el próximo 25 de junio, tal como adelantó El Cronista, y alentó a la ciudadanía a "no dejar de cuidarse" y no dudar de la eficacia de las vacunas contra el coronavirus, en el marco de la segunda ola que atraviesa el país.

Las principales restricciones

Entre las medidas fijadas en la normativa se establecen: la suspensión de los viajes grupales de Egresados, de Estudio y de Grupos Turísticos; de las reuniones sociales de más de 10 personas; de las clases presenciales en zonas de alto riesgo; los deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas; y casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta.

Asimismo, se mantiene la prohibición de circular entre las 20:00 y las 6:00, así como los bares y restaurantes deben cerrar a partir de las 23:00.

La confirmación llegó en el acto en el que el Jefe de Estado presentó el inicio de las obras civiles para el Centro Argentino de Protonterapia (CeArP), una institución dedicada al tratamiento contra el cáncer que contará con un "ciclotrón", tecnología disponible sólo en 30 países.

"Estamos llegando a un punto en el que esperaba que una ley resolviera como seguir trabajando el tema, deberemos esperar una semana más", dijo Fernández respecto del tratamiento en el Congreso Nacional del proyecto de Emergencia Covid que determina las medidas a tomar considerando parámetros epidemiológicos concretos, que ayer obtuvo dictamen favorable.

Mientras se espera por el tratamiento en la Cámara de Diputados se seguirá "prorrogando la decisión" que viene tomando el Ejecutivo en los últimos dos meses, dijo el Presidente.

Aunque Fernández no se refirió a la duración del nuevo DNU, fue la ministra de Salud, Carla Vizzotti -también presente en el acto- quien afirmó que la nueva norma regirá desde mañana hasta el 25 de junio.

Fernández reconoció que el país está "enfrentando con mucho esfuerzo y con mucho agobio social" a la pandemia y que si bien el Gobierno trabaja "para acelerar aún más" la vacunación, mientras tanto, "el virus existe, el virus muta, el virus complica la vida de la humanidad".

Cuál es la vacuna contra el Covid que le ofrecieron a Alberto y produce una veterinaria española

"Han llegado más 18 millones de vacunas y van a llegar más. Estamos entre los 15 países que han vacunado con al menos una sola dosis" a su población, señaló el mandatario, y llamó entonces a "no bajar los brazos, no dejar de cuidarse".

De esta manera, el nuevo DNU -que comenzará a regir esta medianoche- se extenderá por las próximas dos semanas, a la espera que la Cámara de Diputados debata la ley de "Emergencia Covid" que ayer obtuvo dictamen favorable en un plenario de comisiones.

¿Qué dice el decreto de las restricciones?

El Gobierno nacional prorrogará hasta el próximo 25 de junio el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 287, publicado el pasado 1 de mayo, que dispone un semáforo epidemiológico para establecer las medidas a aplicar frente a la pandemia del coronavirus.

En el decreto se establecieron cuatro fases sanitarias de acuerdo a un semáforo epidemiológico: zonas de bajo riesgo, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

De acuerdo a esta normativa, las zonas que se encuentren en alarma epidemiológica deberán tener restringida la circulación nocturna, prohibir las reuniones sociales y suspender las clases presenciales.

En el artículo tercero, se puntualizan los parámetros que se utilizarán para definir el riesgo epidemiológico y sanitario que regirá para los distritos "de más de más de 40.000 habitantes y los grandes aglomerados urbanos".

Los distritos serán considerados de riesgo epidemiológico sanitario bajo si el cociente del número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días con el de los 14 días anteriores es "inferior a cero coma ocho (0,8)", mientras que serán definidos de riesgo medio cuando "se encuentre entre cero coma ocho (0,8) y uno coma dos (1,2).

En tanto, pasarán a ser considerados distritos de alto riesgo cuando el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días "sea superior a uno coma veinte (1,20)" al de las dos semanas previas.

El DNU establece que los grandes aglomerados urbanos, de más de 300.000 habitantes, serán considerados en "situación de alarma epidemiológica y sanitaria" cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes "sea igual o superior a quinientos (500) y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al ochenta por ciento (80 %)".

"La autoridad sanitaria nacional podrá modificar, en forma fundada, los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria", aclara en decreto.

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  • EEK

    Eduardo Elías Kleiner

    11/06/21

    Que comience ya el Congreso a debatir sobre el TRASLADO de la CAPITAL al INTERIOR del País, creando un nuevo nodo para la red del transporte vial, ferroviario marítimo y aéreo y así enfrentar mejor FUTURAS PANDEMIAS al desconcentrarse el AMBA
    A fin de aumentar la coordinación y logística en todos los aspectos, sin estar influenciado por coyunturas electorales, CONSTITUYAN en 2022 la RABA (Región Autónoma de Bs. As.) con 1 único JEFE de GOBIERNO que empodere sobre los INTENDENTES del Conurbano Bonaerense y también sobre el INTENDENTE elegido para la CABA #
    De paso, prevean para los próximos años ANULAR LAS PASO o al menos que NO SEAN OBLIGATORIAS? Que los gastos que se incurren para esas inútiles elecciones se destinen a estudiar y concursar anteproyectos que a mediano plazo impliquen una reactivación económica con productividad, competitividad e incremento del empleo útil lo más alta posible

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