Clases presenciales

Los 6 motivos que planteó la Ciudad para recusar al juez Gallardo

La Procuración porteña presentó el pedido luego de que ayer el magistrado ordenase información respecto al plan de testeos a docentes y convocara a audiencia a Acuña y Quirós.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó hoy la recusación contra el juez en la contencioso y administrativo Roberto Gallardo, quien ayer ordenó que se informe si se ha elaborado un protocolo de testeo de Covid-19 para los docentes y fijó una audiencia a la que deberán concurrir la Ministra de Educación porteña Soledad Acuña y su par de Salud Fernán Quirós.

Aunque ayer fuentes porteñas adelantaron a El Cronista que se pondría a disposición de la Justicia toda la información relacionado al Plan de Testeos, a última hora se conoció que la Ciudad acudiría también a la justicia ante "la manifiesta falta de imparcialidad" de Gallardo.

"Empezar las clases en CABA es una prioridad y un objetivo de todos. Gobierno, sindicatos, docentes y familias estamos trabajando para volver al aula de la manera más cuidada posible. No vamos a aflojar", publicó el Jefe de Gabinete Felipe Miguel en su cuenta de Twitter.

El conflicto por el inicio de las clases con modalidad presencial ha renovado la tensión entre el Gobierno porteño y los sindicatos, quienes en un principio se manifestaron en contra de regresar a las aulas y luego exigieron presencialidad con extremos cuidados. El cambio de postura coincidió con la determinación del Gobierno Nacional de reiniciar el ciclo lectivo con los alumnos en las escuelas.

Ciudad negocia con gremios, mientras la Justicia reclama el plan de testeo a docentes

La recusación que presentó la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires se base en los siguientes fundamentos:

1 - Falta de imparcialidad

En la ciudad consideran que existe de parte del juez Gallardo "encono para con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires puesto de manifiesto en innumerables precedentes y esbozado ya, tempranamente, en este caso".

2 - Apartamiento de las reglas del debido proceso

De acuerdo al criterio del Gobierno porteño Gallardo "ha demostrado un apartamiento manifiesto de las reglas del debido proceso, ya que amplía a discreción el objeto del proceso, cita a funcionarios de áreas esenciales a comparecer a una audiencia con carácter personal e indelegable y de acuerdo a trascendidos periodísticos acaecidos al tiempo de presentación de la presente recusación, ya tendría decidido suspender el inicio de clases en la Ciudad de Buenos Aires".

3 - Juez y parte

Para las autoridades de la ciudad "es evidente que el magistrado tiene intención de suplir la actividad que le compete a los litigantes, confundiendo su rol de director del proceso con el de parte, resolviendo por fuera de lo requerido, y en clara contraposición con las reglas procesales a las que debiera atenerse, vulnerando las garantías constitucionales del Gobierno de la Ciudad".

4 - Excede las competencias

"El sentenciante ordena una serie de medidas (como convocar discriminadamente a algunos representantes gremiales sin que exista petición de las partes), que exceden absolutamente su competencia y su actuación en el proceso. E intima a esta parte a brindar información que excede la solicitada por el actor, 'bajo apercibimiento de resolver con las constancias de autos', cuando no se ha corrido traslado alguno a esta parte, vulnerando el principio de bilateralidad", plantearon.

5 - Discriminación

Las autoridades porteñas consideraron que a la audiencia, "que no fue requerida por las partes", fueron citados solo 4 de los 17 gremios docentes con asiento en la Ciudad de Buenos Aires "sin ningún tipo de explicación que justifique su accionar, y sin siquiera intentar argumentar por qué esa discriminación". Se trata de la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE Capital), Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMyS), Unión Docentes Argentinos (UDA), y Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA).

6 - Exceso de sus funciones

Gallardo, bajo el criterio de la ciudad, tomó decisión que implican "un claro exceso de las funciones". "Directamente está seleccionando los sujetos en autos, y ordena prueba no solicitada, tal como si fuera parte actora, con lo cual demuestra la clara intención del magistrado de utilizar un proceso judicial para convertirse en el ejecutor de una política pública", explicaron.

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