EL PRIVILEGIO CADUCA SI LAS EMPRESAS DESPIDEN M S DEL 5% DEL PERSONAL QUE DECLARARON EN EL EJERCICIO ANTERIOR

El Gobierno reglamentó la ley que da beneficios impositivos a las pymes

Difiere el IVA por tres meses y compensa el impuesto al cheque con Ganancias. En inversiones, desgrava Ganancias hasta el 10% y devuelve el IVA con un bono de crédito fiscal

El Gobierno reglamentó la Ley Pyme 27.264, aprobada en julio último, que crea el Programa de Recuperación Productiva para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), a las que otorga beneficios impositivos. En tanto, la AFIP publicará hoy dos resoluciones para que puedan ingresar el IVA dos meses después del vencimiento original y para computar el impuesto al cheque a cuenta del impuesto a las Ganancias.


A través del decreto 1101/2016, excluye del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a las mipymes que cuyos períodos fiscales comiencen en enero de 2017. Además, les computa como pago a cuenta en Ganancias el monto ingresado por el tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias (el 100% para las mipymes y 50% para las industrias "medianas tramo 1") aclarando que el remanente no podrá trasladarse al siguiente ejercicio. Y les otorga la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del IVA (que igualmente deberá presentarse todos los meses) y pagar el saldo a los a los 90 días de su facturación.
El decreto también prevé beneficios impositivos con un diferencial de entre un 5% y un 15% para las economías regionales, para el cual el Ministerio de Producción deberá elaborar un dictamen técnico. 


Para poder acogerse a los beneficios impositivos, las empresas deberán registrarse como pymes y presentar una declaración jurada con clave fiscal en la página web del organismo (formulario 1272, de solicitud de categorización y beneficios), que incluye el nivel de ventas y de empleo del solicitante. 


El decreto también previó desgravar Ganancias hasta el 10% de las inversiones productivas realizadas y devolver el IVA de las inversiones en bienes de capital e infraestructura a través de un bono de crédito fiscal. 
En tanto, elevó los umbrales de retención de IVA en un 135% y de percepción de Ganancias en un 400%. Y permite otorgar a las micro mpresas certificados de no retención de IVA automático.


Los beneficios caducarán cuando, en el ejercicio fiscal en que se computó el beneficio, y el siguiente, la empresa redujera el nivel de empleo en un 5% en relación al promedio declarado en el ejercicio anterior.
"Con esta ley y las medidas que tomamos en julio empezamos a dar vuelta la página de esta historia", dijo el ministro de Producción, Francisco Cabrera, en un comunicado. A su vez, el secretario de Emprendedores y Pymes, Mariano Mayer, subrayó que "la competitividad Pyme es en gran parte responsabilidad del Estado" e invocó a las provincias a adherir a la iniciativa en todo el país, porque "es importante que puedan sumarse para garantizar estabilidad fiscal a las Pymes".


Producción informó, además, que se amplió el cupo de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14% al 15,5% para este segmento, un incremento $ 63.000, y se amplió al 50% el acceso al financiamiento de corto plazo. Recordó que a través del BICE se lanzó la línea Primer Crédito PyME a una tasa variable máxima de 16% a un plazo de hasta 7 años, para montos entre $ 500 mil y $ 5 millones. Y que extendió a los exportadores el plazo de ingreso de divisas de 180 a 365 días.

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