impuesto al cheque

Noticias del tema

¿Qué es el impuesto al cheque?

El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, mejor conocido como Impuesto al Cheque, es un impuesto que se aplica sobre todas las operaciones de débito o acreditación que haya en una cuenta bancaria, sea esta personal o de una empresa. El impuesto tiene una alícuota del 0,6% y es el tercero en importancia detrás del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias.

¿Cuánto es el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios?

La Ley establece que la tasa o alícuota del impuesto es del 0,6% del monto a debitar o acreditar. A modo de ejemplo, ante una transferencia recibida de $ 10.000, el sistema descontará $ 60, el 0,6% del importe por la acreditación. Se establece, además, que el impuesto recaiga sobre los titulares de las cuentas corrientes bancarias. Las entidades financieras actúan como agentes de liquidación y percepción, entre otros aspectos.

¿Cuándo se implementó el impuesto al cheque?

El Impuesto al Cheque se implementó en el año 2001 a través de la Ley de Competitividad 25.413. Fue implementado por el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo. En un principio, el impuesto al cheque se formuló como una herramienta más de recaudación transitoria debido a la apremiante situación fiscal que sacudía a la Argentina en ese entonces. En el 2017, a través de la Ley 27.432, se dispuso que el total de la recaudación sea destinada a la ANSES.

¿Quién paga el Impuesto al cheque?

En cada movimiento bancario que se realiza todos los contribuyentes están pagando el impuesto. El porcentaje difiere de acuerdo a que cada uno puede descontar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

¿Los monotributistas deben pagar el Impuesto al Cheque?

A partir del 1 de agosto de 2021 los monotributistas estarán exentos del pago del Impuesto a los Débitos y Créditos, es decir, dejarán de abonar la alícuota especial de 0,25%.

¿Quiénes están exentos del pago del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios?

Estarán exentos del pago del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios: monotributistas y entidades sin fines de lucro que soliciten previamente la exención; acreditación de préstamos y/o plazos fijos, y acreditación de sueldos y pagos de haberes, jubilaciones y pensiones; las operaciones inmobiliarias; los Estados nacionales, provinciales y municipales; determinadas cajas de ahorro; exentos al impuesto a las Ganancias.