Cómo serán las pólizas que se demandarán en los próximos 20 años

Es probable que cambien las normas del seguro de responsabilidad civil automotor, yéndose a una cobertura obligatoria, orientada a la reparación de los daños personales sufridos en el tránsito, de naturaleza "no fault".

Hoy día las principales coberturas por volumen de primaje son automotores -el riesgo de responsabilidad civil- y riesgos del trabajo.

Pocos desconocen que, en cinco o diez años más, los vehículos autónomos dejarán de ser una curiosidad y estarán presentes en nuestros caminos. Es probable también, que cambien las normas del seguro de responsabilidad civil automotor, yéndose a una cobertura obligatoria, orientada a la reparación de los daños personales sufridos en el tránsito, de naturaleza "no fault", similar a la cobertura hoy existente para los riesgos del trabajo. ¿Qué será entonces del mercado de seguros de automotores, que hoy comprende el 35% del primaje total del país? ¿Se reducirá el seguro de automotores al seguro de casco del vehículo? ¿Tendremos que crear nuevas empresas?

El ramo Vida, a consecuencia del abandono de la convertibilidad y la pesificación compulsiva de los contratos, y sobre todo, en los últimos años, a raíz de la inflación que no permite el desarrollo sostenido de los planes de capitalización en pesos, quedó reducido a los seguros colectivos. Pero es probable que el escenario local desfavorable cambie y las coberturas financieras para la vejez, necesidad de nuestros días en todo el mundo, cobre nueva demanda. ¿Dónde y cómo elegirán el terreno para librar batalla los aseguradores, sabiendo de la experiencia de hace veinte años, que terminó matando un mercado que no alcanzó su madurez cuando enfrentó su temprana desaparición?

¿Cuáles serán las nuevas coberturas que se demandarán dentro de dos décadas?

Por otro lado, la tecnología -poco desarrollada aún en la actividad aseguradora local- da oportunidades a quienes dispongan de imaginación y capital para desarrollar nuevas herramientas. La sanción del Código Civil y Comercial de la Nación, que admite el documento electrónico como elemento de prueba "escrita", desafía a un mercado demasiado apegado, aún, al papel y la "carta documento". ¿Identificación de los asegurados y asegurables "on line"? ¿Suscripción electrónica sin papeles? ¿Envío automático de la póliza por correo electrónico o whatsapp apenas cerrado el contrato? ¿Tramitación electrónica de siniestros?

Desde el advenimiento del correo electrónico y el teléfono inteligente -smartphones- ha cambiado el concepto práctico de domicilio, aunque no el jurídico. La realidad es que hoy somos siempre "encontrados" en nuestro email o en el "whatsApp", y no ya en nuestra dirección postal. Y el teléfono celular inteligente ha llegado a todos los sectores de la sociedad posmoderna. Los aseguradores deberán desarrollar la capacidad de dar servicio a través de plataformas electrónicas. Lógicamente, a los intermediarios en la venta de seguros se les presentan urgentes desafíos a los cuales deberán responder.

Aunque las leyes de seguros no cambiaron, hasta el momento, la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación y de la Ley de Defensa del Consumidor obligan a repensar coberturas y prácticas comerciales, de suscripción y operativas.

En síntesis, los escenarios cambiantes requieren directivos de mirada amplia, que desarrollen sus habilidades de comunicación y liderazgo y que tengan oportunidades de formación en diálogo con pares y con profesores de trayectoria en la actividad. Es la formación que ofrece USAL.

Temas relacionados
Más noticias de seguro
Noticias de tu interés