ART: sentencia a favor

La implementación de la Ley 27.348 redujo en más de un 37% los juicios de riesgos del trabajo y prevé cerrar el año con menos causas que en 2017, un hecho hasta ahora inédito en la historia del sistema. Lo que se ganó y lo que todavía falta en la nueva normativa.

Por primera vez en su historia, el sistema de Riesgos del Trabajo, cerrará el año con menos juicios que el anterior. Según las estadísticas de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), los juicios estimados para fines de 2018 rondarán los 80.000, un 37,5% menos que en 2017.

"No solo se trata de una baja significativa, sino que, además, resulta destacable que, por primera vez en la historia, la litigiosidad es inferior al período anterior", destaca Mara Bettiol, presidente de la UART. La dirigente identifica una razón clara para la baja: la implementación de la Ley 27.348. Y asegura que -aunque todavía falta que se reglamenten algunas cuestiones fundamentales, como la conformación de los Cuerpos Periciales y el sistema de honorarios de los peritos- la nueva norma logró ordenar el sistema y tamizar las demandas.

"Implementó un procedimiento administrativo obligatorio a cargo de las Comisiones Médicas, que representa el paso previo al inicio de cualquier acción judicial y además dispuso la utilización obligatoria del Baremo para determinar las incapacidades", agrega Bettiol. Estos dos puntos lograron organizar un sistema históricamente objetado por ser demasiado "permeable" a los juicios laborales.

Guillermo Davi, gerente de Prevención de Riesgos del Trabajo del Grupo Sancor Seguros, también hace un balance positivo: "La instancia previa en comisión médica se convirtió en una vía rápida y segura para solucionar los conflictos y dar respuesta inmediata al trabajador, obviando los elevados costos y las demoras de un proceso judicial. A medida que las tasas de ingresos de juicios vayan mejorando estaremos dando mayor previsibilidad a todo el sistema", afirma.

La norma se aprobó en febrero de 2017. Si bien es una ley nacional, los diputados dejaron a cada jurisdicción la potestad de adherirse o no a la nueva reglamentación. La Ciudad de Buenos Aires fue la primera en dar el paso y le siguieron tímidamente Córdoba y Mendoza. En el último año se les agregaron 11 provincias. La lista de incorporados incluye a Buenos Aires y se completa con Corrientes, Formosa, Chaco, Entre Ríos, Río Negro, San Juan, Tierra del Fuego, Jujuy, Salta y Neuquén. Chubut y Tucumán se encuentran en vías de aprobación.

"En 2017 las provincias adheridas, hasta el momento 14, representaban el 86% de la masa litigiosa total", dice Bettiol y recurre a un ejemplo por la negativa para explicar la importancia de sumar distritos. "De las que no adhirieron, Santa Fe es la que mayor judicialidad concentra. En 2017, representaba el 12%. Hoy, tiene el 22,5%. Es decir, que su participación en el total de juicios creció 10 puntos porcentuales", agrega. Davi coincide en que el caso de Santa Fe demuestra que no aplicar la ley perjudica al sistema. "La situación es difícil de entender viendo los resultados que se están logrando en provincias adheridas.

"La implementación de la Ley 27.348 atacó directamente a la industria del juicio que se había hecho dueña del sistema", destaca Daniel Arias, gerente General de SMG ART. "Al día de hoy, y con la experiencia que tenemos en las provincias adheridas, los resultados son más que satisfactorios, ya que los índices de conflictividad bajaron de manera importante, habiéndose homologado más del 90% de los casos denunciados con indemnizaciones cuyos valores superan a los determinados por la ley anterior, y los mismos son efectivizados en menos de 50 días de la fecha de declaración de la incapacidad, mejorando de esta forma el dinero resarcido al trabajador y los tiempos de pago", agrega el ejecutivo.

"La reforma avanza a paso firme, brindando soluciones concretas y efectivas tanto a los trabajadores, como a los asegurados y a las aseguradoras", coincide Marcela Botta, socia del estudio jurídico Nicholson y Cano. La abogada, especialista en causas laborales, destaca que la nueva norma disminuyó la litigiosidad y aumentó el número de acuerdos previos a juicio, en sede administrativa.

"A nivel judicial, se manifiesta una disminución en el ingreso de demandas de las provincias adheridas, principalmente en aquellas que tienen una mayor maduración en la implementación del nuevo sistema, como CABA. De esta manera, los juicios iniciados por trabajador se redujeron aproximadamente un 50% desde su implementación a la fecha", indica Ariel Gibaja, director Adjunto de Riesgos de Trabajo de AON. El ejecutivo apunta a un pendiente "pre-reforma": la administración y resolución del stock judicial. "Actualmente ronda los 380.000 juicios", estima.

Arias hace hincapié en el mismo punto. "Si bien se normalizaron las variables económico financieras, respecto del nuevo flujo del negocio con la promulgación de la Ley 27.348, aún quedan temas pendientes principalmente vinculados con el stock de juicios, que son fundamentales para poner definitivamente al sector en el camino de la sustentabilidad".

Gibaja destaca la baja de las alícuotas, generada por la implementación de la Ley. "Desde febrero de 2017 cuando se aprobó la ley a a Julio 2018, se vio un impacto del orden del 10,5% llevando la alícuota promedio del sistema de 3,32% a 2,97%. El impacto es aún mayor, si consideramos que previo a la salida de la nueva ley, la expectativa del mercado llevó a adelantar dichas reducciones.En este sentido, rondaría aproximadamente en un 15% de reducción, si comparamos tasas desde agosto de 2016", subraya.

La baja alcanzó a todas las geografías. "En algunas de ellas el descuento promedio de alícuotas llegó a ser del 22%, comparando febrero 2017 y julio 2018. De hecho, en algunas provincias no adheridas aún a la ley, los promedios llegaron a ser del 12%. Si medimos los impactos por tamaño de la nómina, las empresas entre 10 y 100 empleados, son las que lograron un mayor efecto promedio", agrega Gibaja.

Pendientes

Las ART coinciden en que la ley detuvo la catarata judicial en los distritos donde se implementó, pero que todavía quedan algunas cuestiones por definir. "Una asignatura pendiente y fuertemente preocupante es la dilación en la puesta en marcha del Cuerpo Médico Forense o de Cuerpos Periciales en el ámbito de la Justicia, conformados por médicos especializados seleccionados por concurso y con honorarios establecidos en función de la tarea realizada", apunta Bettiol. La consecuencia, según la dirigente, es que el descalabro pericial judicial se prolongue, aún con las ventajas de la nueva norma. "En esta situación el sistema presenta un adicional promedio de 17,5 puntos porcentuales de incapacidad por cada juicio. De no revertirse y transformarse en sentencia, agregadamente, sería el equivalente a dos años de recaudación plena del sistema. Este es un tema sumamente crítico, aun entendiendo que los tiempos judiciales no son los mismos que los requiere el sistema".

 

Davi coincide en que sin la conformación de los cuerpos médicos el sistema multiplica la desigualdad. "La diferencia entre las pericias hechas por un cuerpo médico dependiente del Poder Judicial y las realizadas por peritos de lista es marcada. La explicación está en el apartamiento del Baremo. No se comprende la diferencia en los promedios entre una provincia y otra. O, peor aún, entre distintas ciudades de una misma provincia. Hay peritos que tienen un promedio cuando actúan en una jurisdicción, y otro diferente cuando actúan en otra".

El ejecutivo resalta que pedir que la vara sea la misma en todas las jurisdicciones no es una cuestión caprichosa. "En la medida que cada provincia tenga un cuerpo médico que realice las pericias, habrá un solo criterio. De mantenerse el esquema actual de listados de peritos, habrá tantos criterios como peritos haya en la lista. Esto no es sano para el sistema, pero tampoco es justo para el trabajador, que es el destinatario principal de la tutela que brinda el orden público laboral", afirma.

Para Arias, el principal desafío es darle sustentabilidad económica y financiera al sistema. "Si bien se ha avanzado mucho con la emisión de la Ley 27.348, dándole fuerza legal a las resoluciones de las Comisiones Médicas, a la utilización del baremo y del listado de enfermedades profesionales, y a la acción del Cuerpo Médico Forense o Cuerpos Periciales como perito oficial en instancias judiciales, aún restan implementar muchas de estas iniciativas que tienen efecto directo tanto en el nuevo flujo del negocio como en el stock de demandas judiciales pendientes".

Arias resalta el aval brindado por la Corte Suprema de Justicia respecto de la constitucionalidad de la Ley y de la obligatoriedad en la utilización de las herramientas comentadas. "Sería un espaldarazo importante a que el sistema funcione de manera eficiente, y ayudaría a que los porcentajes de incapacidades reclamados en el stock de juicios vigente se vuelvan razonables, dándole de esta forma viabilidad al pago de los mismos", agrega.

"El contexto inflacionario actual ha generado un importante aumento en los costos de las prestaciones, muy por encima del incremento de la recaudación, por lo que será también un desafío ir adecuando las tarifas a la realidad de los costos de los servicios", destaca Davi.

Bettiol también apunta a las alícuotas y a la expansión del sistema. "La convergencia de la alícuota de mercado a la alícuota técnica, que es parte de la base aseguradora es una preocupación. En la medida que se verifique la baja en la litigiosidad, la alícuota técnica y la de mercado deberían tender a la unificación". La dirigente reclama agrandar la base de cobertura. "Hay dos temas fundamentales en este aspecto: el proyecto de ley de prevención, que brindará más herramientas para seguir trabajando en la mejora del sistema, y la reglamentación de la cobertura a los trabajadores autónomos y monotributistas. Es una población laboral estimada en 5 millones de personas, de las cuales se encuentra formalizado sólo el 50%".

La ejecutiva exhibe los logros del sistema para fundamentar el pedido de expansión: "El Sistema cubre actualmente a 10 millones de trabajadores y 1 millón de empleadores. En cuanto a la prevención, fruto de una acción coordinada y continua en el tiempo, el sistema exhibe una caída del índice de fallecimientos del 73%, lo que traduce en más 10.800 muertes evitadas en el ámbito del trabajo".

El ABC de la Ley

La Ley 27.348, aprobada en febrero de 2017 dispuso:

Paso Previo. Establece un procedimiento administrativo obligatorio previo al inicio de una causa judicial, a cargo de una comisión médica. Incluye el patrocinio legal gratuito del trabajador, a cargo de cada ART.

Baremo. Su utilización es obligatoria para medir las incapacidades.

Indemnizaciones. Aumentaron, desde el primer día de entrada en vigencia de la Ley, un promedio un 50%. Adicionalmente, previó sistema de clearing entre Obras Sociales y ART ante prestaciones "cruzadas" y el envío de un proyecto de Ley de Prevención, cuyo anteproyecto ya se encuentra consensuado entre los miembros del Comité Consultivo Permanente.

¿Dónde ese aplica? En CABA, Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Corrientes, Formosa, Chaco, Entre Ríos, Río Negro, San Juan, Tierra del Fuego, Jujuy, Salta y Neuquén.

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