Reforma pendiente

El proyecto de modificar la aplicación de Ganancias en los fondos comunes inmobiliarios aún mantiene en vilo a algunos inversores. "El tema de la doble imposición es un factor clave: es lo que hace que este tipo de producto resulte atractivo o no para un inversor. El problema es que si está gravado en el fondo y luego a título personal, la rentabilidad se ve muy erosionada, más para un producto de renta fija ", señala Matías Gaivironsky, gerente de Finanzas de IRSA.
En cambio, para Juan Politi, vicepresidente ejecutivo de Allaria Ledesma, "no hay tal doble imposición". Y explica: "El fondo cerrado está gravado (actualmente) como cualquier emprendimiento que se realiza bajo la forma jurídica de una sociedad comercial y las rentas que distribuya el fondo no están alcanzadas por el impuesto, igual que un dividendo de una SA".
A su vez, afirma: "La incidencia en la rentabilidad de la exención o no de Ganancias es de un 35%. Si sale la ley como se espera es un tax free punta a punta para el inversor minorista individuo que tendrá así un beneficio por invertir en el largo plazo, generando empleo y nueva actividad productiva en lugar de estar en el corto plazo de un plazo fijo que tampoco paga impuestos".
Desde Cohen coinciden: "Nos gustaría que los fondos cerrados tengan el mismo tratamiento fiscal que el de los abiertos. Los inversores analizan la carga fiscal de cualquier instrumento antes de tomar cualquier decisión, afecta más a la suscripción una indefinición impositiva que una certeza sobre el tratamiento fiscal. Entendemos que si se aprueba la reforma del mercado de capitales traerá un tratamiento fiscal explícito sobre los fondos cerrados dando certezas a la industria y a los inversores con respecto a esta opción".
En tanto, Norberto Mathys, vicepresidente del Banco de Valores, destaca que en los dos proyectos de la nueva ley de mercado de capitales que están en el Congreso "el tratamiento impositivo es mejorador. En un caso los exime independientemente de qué figura revista el inversor (persona jurídica o humana), siempre que su objeto sean proyectos de la economía real. Mientras que en el proyecto del Gobierno se exime al fondo y el inversor paga sobre su cabeza. En el caso que sea Jurídica, estaría alcanzada por Ganancias y la persona física quedaría exenta".
Politi opina que si bien el blanqueo fue un éxito, "los fondos están captando una pequeña porción en esta etapa, un poco por desconocimiento del producto y también porque el tiempo fue muy ajustado". Pero dice que "este es sólo el comienzo de una nueva manera de invertir que se desarrollará fuertemente en el futuro inmediato".
Para Juan Martín Aguado, gerente Comercial de Consultatio, "lo importante es que el marco regulatorio se modifique durante la vida del fondo", dado que esto haría que transcurridos los cinco años el inversor obtenga una rentabilidad superior a la calculada inicialmente y se "llegue a los dos dígitos".
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